RESOLUCIÓN 350 DE 2008
(7 febrero)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 2859 de 2013>
“Por la cual se separa el Grupo Interno de Trabajo en la Regional Caldas y se modifican los artículos 4º y 5º de la Resolución No. 1616 del 12 de julio de 2006”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial la conferida por los artículos 78 y 115 de la Ley 489 de 1998, artículo 25 del Decreto 1138 del 29 de junio de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 1616 del 12 de julio de 2006 se modificó la Resolución No. 2622 de 2003, que fija la estructura del ICBF en el Nivel Regional y Municipal y se establecen las funciones de las diferentes dependencias.
Que en el artículo 5° ibídem se estableció entre otras que la Regional Caldas en su estructura interna contaría con el Grupo Administrativo y Financiero.
Que mediante comunicado radicado el 11 de diciembre de 2007 con el número 071130, la Directora Regional (E) ICBF de Caldas solicitó a la Directora de Gestión Humana dividir el Grupo Administrativo y Financiero, teniendo en cuenta que se les había asignado un cargo lo cual permitía realizar la división del Grupo y poder continuar desarrollando todos los procesos que se tienen a cargo.
Que el inciso 2° del artículo 115 de la Ley 489 de 1998 dispone que los representantes legales de los organismos o entidades del Estado, podrán crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas y programas.
Que el artículo 8° del Decreto 2489 de 2006 dispone:
“ARTÍCULO 8º. GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se aplica el presente decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a
cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 2859 de 2013> Separar el Grupo Interno de Trabajo Administrativo y Financiero de la Regional ICBF Caldas cuyas funciones para cada uno de estos grupos serán las descritas de manera respectiva en los artículos décimo cuarto y décimo quinto de la Resolución No. 1616 del 12 de julio de 2006.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 2859 de 2013> Modificar el artículo cuarto de la Resolución No. 1616 del 12 de julio de 2006, en el sentido de incluir la Regional Caldas, respecto de la estructura interna que tal artículo establece.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 2859 de 2013> Modificar el artículo quinto de la Resolución No. 1616 del 12 de julio de 2006, en el sentido de excluir a la Regional ICBF Caldas de la estructura interna descrita en la citada disposición.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los 7 FEB. 2008.
ELVIRA FORERO HERNANDEZ
Directora General