RESOLUCIÓN 5928 DE 2023
(agosto 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
Por la cual se modifica la Resolución 0002 del 2 de enero de 2023, “Por la cual se designan los Gerentes de Recursos, Gerentes de Proyectos y se delega la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecen sus obligaciones.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS – ICBF
En uso de sus facultades legales y estatutarias y, en especial de las que le confieren el literal b) del artículo 28 de la Ley 7a de 1979, el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022 se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2023, dentro del cual se incluye el presupuesto del ICBF.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, mediante el cual se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y se definen los gastos.
Que por su parte, por medio de Resolución 5972 del 27 de diciembre de 2022, la Directora General del ICBF distribuyó y asignó el Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Nivel Nacional, Sede Nacional y Regionales.
Que por medio de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, fueron designados los Gerentes de Recursos, los Gerentes de Proyectos, se delegó la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecieron sus obligaciones.
Que en el artículo 4 de la mencionada Resolución, fueron designados los Gerentes de Proyectos para los gastos de inversión del ICBF, quienes conocen específicamente las variables de formulación y ejecución del proyecto de forma Integral y además tendrán el rol de formuladores.
Que el artículo 37 del Decreto 987 del 2012 “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias", establece como funciones de la Dirección de Nutrición del ICBF, entre otras, las siguientes:
“(...) 2. Organizar la participación del ICBF, en la definición de la política de nutrición, para poblaciones vulnerables. 3. Orientar el establecimiento y articulación de las acciones para la implementación del componente nutricional en los diversos programas del ICBF que lo requieran. 4. Coordinar y controlar la ejecución de los programas o proyectos transversales de nutrición que requiera el Instituto. 5. Implementar acciones y estrategias de Seguridad Alimentaria y Nutricional en coordinación con la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN), para fortalecer la formación de hábitos y estilos de vida saludables en los diversos programas del ICBF que lo requieran (...) 10. Propiciar y fortalecer la articulación intersectorial e interinstitucional, para la ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional y de la Política de Actividad Física (...) 16. Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes nacionales, entre otros, la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías Alimentarias para la Población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la Población Colombiana. 17. Adelantar con el Ministerio de Salud y de la Protección Social, actividades educativas y acciones que propendan por ambientes saludables, dirigidos a promover una alimentación balanceada y saludable de la población colombiana, en especial de la de responsabilidad del Instituto, haciendo énfasis en la generación de ambientes saludables (...) 19. Dirigir y coordinar el desarrollo y operación de los programas y proyectos de Recuperación Nutricional y Materno Infantil, a nivel Nacional(...)”
Que según lo expuesto en la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, el propósito del PND 2022-2026 es sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida, a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestra forma de relacionarnos con el ambiente, y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza.
Que para lograr estos fines, el PND estableció que las poblaciones más pobres deben contar con las capacidades básicas, de manera que superen las principales privaciones, y tengan garantías para el ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad. Este propósito se logra a través de una atención integral e intersectorial. En este sentido, el artículo 214 de la Ley 2294 de 2023, señalo que:
“(...) ZONAS DE RECUPERACIÓN NUTRICIONAL DENTRO DE ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS PARA LA SOBERANÍA ALIMENTARIA. El Gobierno nacional, en direccionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social y el ICBF establecerán las áreas de recuperación nutricional en los territorios con mayores niveles de bajo peso al nacer, de morbilidad y mortalidad asociadas a desnutrición en la población infantil, bajo peso en mujeres gestantes e inseguridad alimentaria. Dichas áreas tendrán como fin implementar modelos integrales de acción transectorial, que sean pertinentes y oportunas para incidir en los determinantes sociales de la situación y contribuir a la garantía del derecho humano a la alimentación. En estas áreas se podrán tomar medidas especiales de articulación con otros ministerios que permitan articularlas cadenas de abastecimiento alimentario, facilitar las compras locales en el marco de las normas de contratación pública definidas para cada entidad, promover soberanía alimentaria e implementar un sistema de cuidado infantil comunitario. Igualmente han de contar con tableros de monitoreo de indicadores para medir cambios estratégicos en la garantía del pleno desarrollo de la infancia desde la gestación.”
Que en cumplimiento de las funciones y competencias señaladas en el artículo 37 de Decreto 987 de 2012 y producto de diferentes mesas de trabajo realizadas en conjunto con la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, mediante correo electrónico del 24 julio de 2023, la Dirección de Nutrición manifestó la necesidad de modificar el artículo primero de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de modificar la estructura presupuestal de inversión en el ICBF, a un nivel de cuentas. Los servicios asociados a cada uno de los centros de costos/dependencia de gasto y que sean susceptibles de seguimiento de meta social, se encuentran registrados en el Sistema de Información Misional -SIM de acuerdo con la definición de cada uno de los Gerentes de Recursos.
Que dicha modificación se plantea con el fin de constituir acciones para contribuir con la seguridad alimentaria y la prevención de la malnutrición en población que se encuentre en el territorio nacional con vulnerabilidad social, de acuerdo con las necesidades particulares de los territorios y las dinámicas de la población, mediante acciones articuladas Institucionales e intersectoriales que permitan la promoción de mejores condiciones de alimentación y nutrición, en el marco de la garantía progresiva del Derecho Humano a la Alimentación, establecida en la Ley 2294 de 2023.
Que en virtud de lo anterior, se requiere modificar el proyecto de inversión denominado ''Contribución con Acciones de Promoción y Prevención en el Componente de Alimentación y Nutrición para la Población Colombiana a Nivel Nacional”, creando un nuevo centro de costos/dependencia de gasto, denominado “102- OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN” a través del cual, se diseñen e implementen todas las estrategias/servicios asociados con la atención directa a la comunidad.
Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto se requiere modificar, asimismo, el artículo segundo de la Resolución No. 0002 de 2023, para designar al (la) DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al (la) SUBDIRECTOR(A) GENERAL del nuevo centro de costos/dependencia de gasto denominado: “102 - OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN” en el proyecto de inversión denominado: “CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal expuesta.
Que por otra parte, la Dirección de Adolescencia y Juventud, solicitó a la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión modificar el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023[1], considerando la necesidad de asignar Gerente del recurso y la Ordenación del Gasto al centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 – OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL” en el proyecto de inversión denominado: “APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL''; considerando que en la estructura presupuestal consignada en la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023 no fue asignado.
Que en este sentido se requiere designar al DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al SUBDIRECTOR(A) GENERAL del centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 - OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL" en el proyecto de inversión denominado: "APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal.
Que en cumplimiento de las funciones y competencias conferidas por el Decreto 987 de 2012 a la Subdirección de Programación de la Dirección de Planeación y Control de Gestión, se realizó la verificación de la viabilidad de realizar el ajuste requerido, concluyendo que en efecto se requiere modificar el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 02 de enero de 2023, en el sentido de designar al DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del recurso y delegar la Ordenación del Gasto al SUBDIRECTOR(A) GENERAL del centro de costos/dependencia de gasto denominado: “254 - OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL” en el proyecto de inversión denominado: “APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”; de conformidad con la estructura presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR parcialmente el artículo segundo de la Resolución 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de incluir un nivel de cuentas con la creación de un centro de costos/dependencia de gasto: “102 - OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DELA DESNUTRICIÓN” en el proyecto de inversión denominado: “CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL”, igualmente designar al DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN como Gerente del Recurso y delegar la Ordenación del Gasto en la SUBDIRECTOR(A) GENERAL, por lo cual en lo referente al mencionado proyecto quedara así:
RUBRO | CENTRO DE COSTOS/ DEPENDENCIA | NOMBRE RUBRO, PRODUCTO/CENTRO DE COSTO O DEPENDENCIA DE GASTO | GERENTE DEL RECURSO | ORDENADOR DEL GASTO |
C | INVERSIÓN | |||
C-4102 | DESARROLLO INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA A LA JUVENTUD. Y FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE LAS FAMILIAS DE MIÑAS. NIÑOS Y ADOLESCENTES | |||
C-4102-1500 | INTERSUBSECTORIAL DESARROLLO SOCIAL | |||
C-4102-1500-12 | CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL | |
C-4102-1500-12-0 | CONTRIBUCIÓN CON ACCIONES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN EL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LA POBLACIÓN COLOMBIANA A NIVEL NACIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL | |
C-4102-1500-12- 0-4102003 | SERVICIO DE EDUCACIÓN INFORMAL A LOS AGENTES EDUCATIVOS | |||
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE EDUCACION INFORMAL A LOS AGENTES EDUCATIVOS | |||
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 103 | POLÍTICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 989 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO - DE TIPO ADMINISTRATIVO | DIRECTOR(A) ADMINISTRATIVO(A) | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 990 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS (AS) Y ADOLESCENTES | JEFE(A) OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 991 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - APOYO EN CONTRATACIÓN DE SERVICIOS | DIRECTOR (A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 992 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 993 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) DE MONITOREO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 994 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO - DE TIPO LOGÍSTICO | DIRECTOR(A) DE ABASTECIMIENTO | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102003-02 | 999 | GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS -GMF | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014 | SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS SÓLIDOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE DISTRIBUCION DE ALIMENTOS SOLIDOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 104 | ADMINISTRACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN, COMPRA Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 102 | APOYO A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS - ATENCIÓN DIRECTA A LA COMUNIDAD | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 989 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO-DE TIPO ADMINISTRATIVO | DIRECTOR(A) ADMINISTRATIVO(A) | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 990 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS (AS) Y ADOLESCENTES | JEFE(A) OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 991 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - APOYO EN CONTRATACION DE SERVICIOS | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 992 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 993 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) DE MONITOREO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 994 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO - DE TIPO LOGÍSTICO | DIRECTOR(A) DE ABASTECIMIENTO | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102014-02 | 999 | GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS-GMF | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015 | SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS LÍQUIDOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE DISTRIBUCION DE AUMENTOS LIQUIDOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 104 | PRODUCCIÓN, COMPRA Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12-0-4102015-02 | 989 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO-DE TIPO ADMINISTRATIVO | DIRECTOR(A) ADMINISTRATIVO(A) | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 990 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS (AS) Y ADOLESCENTES | JEFE(A) OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 991 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - APOYO EN CONTRATACION DE SERVICIOS | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 992 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE | DIRECTORÍA) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 993 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) DE MONITOREO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 994 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO - DE TIPO LOGÍSTICO | DIRECTOR(A) DE ABASTECIMIENTO | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102015-02 | 999 | GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS -GMF | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12r 0-4102016 | SERVICIO DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN A LA DESNUTRICIÓN DESDE EL SECTOR INCLUSIÓN SOCIAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE ATENCION Y PREVENCION A LA DESNUTRICIÓN DESDE EL SECTOR INCLUSION SOCIAL | |||
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 101 | ATENCIÓN Y PREVENCION A LA DESNUTRICIÓN | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 102 | OTRAS FORMAS DE ATENCIÓN - PREVENCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12-0-4102016-02 | 103 | POLÍTICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 989 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO-DE TIPO ADMINISTRATIVO | DIRECTOR(A) ADMINISTRATIVO(A) | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 990 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO PARA LA PROMOCIÓN Y | JEFE(A) OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES DIFUSION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS (AS) Y ADOLESCENTES | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 991 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - APOYO EN CONTRATACION DE SERVICIOS | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 992 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL |
04102-1500-12- 0-4102016-02 | 993 | SOPORTE A LA GESTION DEL PROYECTO - SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) DE MONITOREO Y EVALUACIÓN | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 994 | SOPORTE A LA GESTIÓN DEL PROYECTO - DE TIPO LOGÍSTICO | DIRECTOR(A) DE ABASTECIMIENTO | SECRETARIO(A) GENERAL |
C-4102-1500-12- 0-4102016-02 | 999 | GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS -GMF | DIRECTOR(A) DE NUTRICIÓN | SECRETARIO(A) GENERAL O SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
”
ARTÍCULO SEGUNDO. MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución No. 0002 del 2 de enero de 2023, en el sentido de designar al (la) DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD como Gerente del Recurso y delegar la Ordenación del Gasto en (la) SUBDIRECTOR(A) GENERAL para e| centro de costos/dependencia de gastos: “254 - OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL” en el proyecto de inversión: “APOYO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE VIDA PARA ADOLESCENTES Y JÓVENES A NIVEL NACIONAL”, por lo cual, respecto del centro de costos mencionado quedara así:
(...)
RUBRO | CENTRO DE COSTOS/ DEPENDENCIA | NOMBRE RUBRO, PRODUCTO/CENTRO DE COSTO O DEPENDENCIA DE GASTO | GERENTE DEL RECURSO | ORDENADOR DEL GASTO |
C-4102-1500-21-0-4102045-02-22 | 254 | OPERACIÓN DEL MODELO VIRTUAL | DIRECTOR(A) DE ADOLESCENCIA Y JUVENTUD | SUBDIRECTOR(A) GENERAL |
(...)
ARTÍCULO TERCERO. COMUNÍQUESE el contenido del presente acto administrativo a los funcionarios que son designados gerentes de recursos, gerentes de proyectos, ordenadores del gasto y al director(a) de Contratación del ICBF.
ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución 0002 del 2 de enero de 2023. Las demás disposiciones contenidas en la citada Resolución que no fueron objeto de la presente modificación continúan incólumes.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 AGO 2023
ASTRID ELIANA CÁCERES CÁRDENAS
Directora General
1. “Por la cual se designan los Gerentes de Recursos, Gerentes de Proyectos y se delega la Ordenación del gasto del ICBF para la vigencia 2023 y se establecen sus obligaciones”