RESOLUCIÓN 4600 DE 2015
(julio 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 9199 de 2015>
Por la cual se modifica la Resolución No 1888 de 2015 "Por la cual se actualiza y ajusta la delegación de funciones en la Secretaria General, la Directora de Gestión Humana, los Directores Regionales y se deroga una Resolución."
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y en el numeral b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 1888 de 2015, se delegaron en la Secretaria General, en la Directora de Gestión Humana y en los Directores Regionales, unas funciones relacionadas con la administración del talento humano y la ordenación del pago de la nómina y sus gastos inherentes.
Que en el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución No. 1888 de 2015, se delegó en los Directores Regionales la función de designar Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo de la Regional.
Que se debe precisar el alcance de esta delegación para la época de elecciones de autoridades locales, con el fin de evitar que a través de la designación de los Coordinadores de Grupo en las Regionales, se pueda llegar a favorecer los intereses políticos de los aspirantes a los cargos de elección popular, por lo que en vigencia de la ley de garantías electorales, el cambio o reemplazo de los Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo de la Regional debe contar con la aprobación del Secretario(a) General.
Que en este sentido, es preciso modificar la delegación otorgada a los Directores Regionales en el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución No. 1888 de 2015, disponiendo que la función de designar Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo de la Regional, en vigencia de la ley de garantías electorales, sólo se podrá llevar a cabo si se cuenta con la aprobación del Secretario(a) General.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 9199 de 2015> Modificar el numeral 9 del artículo 3 de la Resolución No. 1888 de 2015, el cual quedará así:
9. Designar Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo de la Regional. En vigencia de la ley de garantías electorales, se deberá contar con la aprobación del Secretario(a) General para la designación de los Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo de la Regional.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 9199 de 2015> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No. 1888 de 2015.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los – 8 JUL. 2015
CRISTINA PLAZAS MICHELSEN
Directora General