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RESOLUCIÓN 4122 DE 2020

(julio 10)

Diario Oficial No. 51.376 de 15 de julio de 2020

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS DIRECCIÓN GENERAL

Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar adoptado mediante Resolución 1818 de marzo de 2019, modificado por la Resolución 7444 de 2019.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS (ICBF),

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, Decreto 770 de 2005, del Decreto 1083 de 2015 y sus modificatorias, Decreto 879 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Constitución Política, establece: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento”;

Que el artículo 2o del Decreto Ley 770 de 2005 “Por el cual se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del Orden Nacional, a que se refiere la ley 909 de 2004”, dispone que “(…) Las competencias laborales, funciones y requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por los respectivos organismos o entidades, con sujeción a los que establezca el Gobierno nacional de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto del presente decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la ley”;

Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 4o Decreto 498 del 30 de marzo de 2020, establece: “Los organismos y entidades a los cuales se refiere el presente Título expedirán el manual específico de funciones y de competencias laborales describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio.

La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título.

Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas.

(…)

PARÁGRAFO 3o. La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación del numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, de lo cual se dejará constancia. Lo anterior sin perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo”;

Que mediante el Decreto 987 del 14 de mayo de 2012 modificado mediante el Decreto 1927 del 6 de septiembre de 2013 se determinó la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” (ICBF) y las funciones de las dependencias;

Que mediante Resolución 7444 del 28 de agosto 2019 se modificó la Resolución 1818 del 13 de marzo de 2019 por medio de la cual se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del ICBF;

Que mediante los Decretos 879 y 880 del 25 de junio de 2020 se modificó la estructura y planta de personal del ICBF; en consideración a la necesidad de armonizar las políticas, programas y servicios del Instituto orientados a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes para promover una transición integral de la niñez a la juventud con el fin de articular las estrategias orientadas al reconocimiento y goce efectivo de los derechos de la juventud;

Que para estos efectos, se hizo necesario ajustar la estructura, modificando la Dirección de Niñez y Adolescencia y sus Subdirecciones, (Hoy Dirección de Infancia), la cual atenderá únicamente temas de infancia, y crear la Dirección de Adolescencia y Juventud, con sus respectivas subdirecciones de gestión técnica y de operación de programas, que tendrá a su cargo la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y servicios orientados a la población adolescente y joven de Colombia;

Que acorde con lo establecido en los artículos 3o, 4o y 5o del Decreto 879 de 2020 los cuales modifican respectivamente los artículos 31, 32 y 33 del Decreto 987 de 2012 se modificó la Dirección de Niñez y Adolescencia (Hoy Dirección de Infancia), la Subdirección de Gestión Técnica para la Atención a la Niñez y a la Adolescencia (Subdirección de Promoción y Fortalecimiento a la Atención de la Infancia) y se creó la Dirección de Adolescencia y Juventud, con la Subdirección de Gestión Técnica para la Adolescencia y la Juventud y la Subdirección de Operación de Programas para la Adolescencia y Juventud;

Que en consecuencia se debe modificar el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del ICBF acorde con lo dispuesto en los decretos citados de manera precedente;

Que para la expedición del presente Acto se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 4o del Decreto 498 del 30 de marzo de 2020 mediante el cual se modificó el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprimir el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales correspondiente al empleo denominado Subdirector Técnico Código 0150 Grado 21 ubicado anteriormente en la Subdirección de Operación de la Atención de la Niñez y a la Adolescencia de la Dirección de Niñez y Adolescencia, la cual fue modificada mediante Decreto 879 de 2020 “Por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”.

ARTÍCULO 2o. Adicionar los Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales correspondientes a los empleos denominados Director Técnico Código 0100 Grado 23 ubicado en la Dirección de Adolescencia y Juventud y dos (2) empleos de Subdirector Técnico Código 0150 Grado 21 ubicados en las Subdirecciones de Gestión Técnica para la Adolescencia y la Juventud y de Operación de Programas para la Adolescencia y Juventud, de la Dirección Técnica de Adolescencia y Juventud acorde con lo establecido en el Decreto 880 de 2020 “Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” y se dictan otras disposiciones, los cuales quedarán así:

IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel:Nacional
Denominación del Empleo:Director Técnico
Código:0100Grado:23
Número de Cargos:9
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe InmediatoDirector General

II. ÁREA FUNCIONAL

Dirección de Adolescencia y Juventud

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar, con la participación de actores técnicos y privados, los procesos para el reconocimiento y la promoción de los derechos de los adolescentes y jóvenes como protagonistas del Estado y la prevención de vulneraciones, teniendo en cuenta el enfoque de derechos y diferencial, así como la pertenencia étnica e intercultural.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Liderar la ejecución de acciones para el reconocimiento y la promoción de los derechos de los adolescentes y jóvenes como protagonistas del desarrollo del Estado, desde el ejercicio de la diferencia, la autonomía, fomentando su inclusión en los ámbitos sociales, económicos, culturales y políticos.

2. Dirigir la Implementación, promoción y evaluación de políticas para la promoción y garantía de los derechos de los adolescentes y jóvenes, en coordinación con las entidades del Estado competentes y bajo los lineamientos del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud.

3. Dirigir la Implementación, promoción y evaluación de políticas para la prevención de vulneraciones de los derechos de los adolescentes y jóvenes, en coordinación con las entidades del Estado competentes y bajo los lineamientos del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud.

4. Promover y evaluar la implementación de las políticas para la promoción y garantía de los derechos de los adolescentes y jóvenes y la prevención de vulneraciones, que se tenga en cuenta el enfoque de derechos y diferencial, así como la pertenencia étnica e intercultural.

5. Promover, de forma articulada con la Consejería Presidencial para la Juventud, la participación libre y eficaz de los adolescentes y jóvenes en espacios e instancias adoptadas por la Ley 1622 de 2013 y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

6. Apoyar en la formulación e implementación de planes, programas y proyectos en favor de la adolescencia y la juventud, en coordinación con las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, la Consejería Presidencial para la Juventud, el sector privado y organismos internacionales, orientados a la promoción y garantía de los derechos de los adolescentes y jóvenes.

7. Identificar e impulsar, en articulación con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y con las instancias y entidades competentes, oportunidades para el acceso de adolescentes y jóvenes en estrategias, programas y proyectos para la innovación productiva y social del país.

8. Apoyar a la Consejería Presidencial para la Juventud en el diseño e implementación de estrategias para visibilizar planes, programas y proyectos previstos por las distintas entidades estatales, dirigidos a adolescentes y jóvenes, facilitando así el reconocimiento y el acceso a la oferta institucional del Estado para dicho grupo poblacional.

9. Participar en la definición e implementación de los sistemas de información misionales y demás herramientas tecnológicas, velando por la calidad y oportunidad de los datos mediante el uso de los sistemas para la producción de informes de resultados de la operación, de planeación, seguimiento y control, que generen aprendizaje en torno a la ejecución de los servicios para la promoción y prevención en temáticas propias de adolescencia y juventud.

10. Apoyar técnicamente a la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y a las entidades del orden territorial en la incorporación e implementación de políticas, planes y programas de adolescencia y juventud en los planes de desarrollo territorial y fomentar la cooperación territorial para su despliegue, de acuerdo con los lineamientos del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud.

11. Diseñar, en coordinación y articulación con las instancias, entidades y dependencias competentes, las estrategias y acciones para realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la operación de los programas de adolescencia y juventud del ICBF, como insumo para el Sistema Nacional de Información y Gestión de Conocimiento en Adolescencia y Juventud SNIGCAJ.

12. Liderar acciones de gestión del conocimiento en temas de adolescencia y juventud, sobre los procesos de seguimiento y evaluación de los programas del ICBF, que sirvan de insumo al Sistema Nacional de Información y Gestión de Conocimiento en Adolescencia y Juventud – SNIGCAJ.

13. Dirigir y hacer seguimiento a las metas, planes de acción e Indicadores de la Dirección, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.

14. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

15. Dirigir la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.

16. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

17. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

18. Las demás funciones que sean asignadas por la autoridad competente y que tengan relación directa con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia

2. Código de Infancia y Adolescencia

3. Problemáticas y dinámicas relacionadas con la población objetivo

4. Política pública del área de niñez, adolescencia y juventud y normatividad vigente

5. Planeación estratégica

6. Formulación, análisis y evaluación de indicadores sociales

7. Formulación, gestión, evaluación y seguimiento de planes y proyectos.

8. Conocimiento en formulación, instrumentalización y adopción de políticas públicas.

9. Herramientas informáticas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNESPOR NIVEL JERÁRQUICO
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las personas
Pensamiento Sistémico
Resolución de Conflictos

              VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA
Título profesional en disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en:

- Administración
- Contaduría Pública
- Economía
- Derecho y afines
- Ciencia Política, Relaciones Internacionales - Filosofía, Teología y afines
- Psicología
- Sociología, Trabajo Social y afines
- Antropología, Artes Liberales
- Comunicación social, Periodismo y afines
- Ingeniería Industrial y afines
- Ingeniería Administrativa y afines
- Medicina
- Odontología
- Nutrición y Dietética
- Educación
Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Sesenta y Cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 1

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Setenta y Seis (76) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 2

FORMACIÓN ACADÉMICA EXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento – NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cien (100) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 3

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento – NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Título de posgrado en la modalidad de Doctorado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y dos (52) meses de experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel:Nacional
Denominación del Empleo:Subdirector Técnico
Código:0150Grado:21
Número de Cargos:17
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe InmediatoQuien ejerza la supervisión directa

II. ÁREA FUNCIONAL

Dirección de Adolescencia y Juventud - Subdirección de Gestión Técnica Para la Adolescencia y la Juventud

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar la ejecución, el desarrollo y la evaluación de los planes, programas y proyectos con el fin de promocionar y prevenir los derechos de la Adolescencia y la Juventud, brindando asistencia técnica y gestión del conocimiento a las Direcciones Regionales, Centros Zonales, entes territoriales, organizaciones multilaterales, prestadores de servicios y sociedad civil en general, teniendo en cuenta a normatividad vigente y las necesidades detectadas.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir estudios que permitan identificar la problemática de la Adolescencia y la Juventud en las diferentes regiones del país, con miras a la detección de las necesidades más urgentes y prioritarias a nivel nacional y regional.

2. Desarrollar instrumentos orientados a la implementación de políticas y directrices nacionales y regionales, para el desarrollo de los derechos de la adolescencia y la juventud de acuerdo con los lineamientos del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud, con enfoque diferencial y pertenencia étnica e intercultural.

3. Brindar asistencia técnica, en coordinación con la Consejería Presidencial para la Juventud y en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, a los entes territoriales sobre la implementación de las políticas públicas y promoción y garantía de los derechos de los adolescentes y jóvenes y la prevención de vulneraciones, incorporando el enfoque de derechos y diferencial, y pertenencia étnica e intercultural.

4. Asistir técnicamente a las Direcciones Regionales, Centros Zonales, prestadores de los servicios y demás agentes del SNBF, en la ejecución, seguimiento, divulgación y apropiación de las orientaciones técnicas para la atención en el marco de la operación de los servicios para la adolescencia y la juventud.

5. Articular y coordinar con las entidades que conforman las comisiones intersectoriales y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, las acciones de ajuste o adaptación de los referentes de atención de la Adolescencia y la Juventud, que se requieran para el desarrollo de la política de atención integral y el cumplimiento de promoción de los Derechos de la Adolescencia y la Juventud.

6. Coordinar, implementar, hacer seguimiento y evaluar el proceso de formación y cualificación de los agentes educativos con el propósito de asegurar la calidad en los programas de Adolescencia y Juventud.

7. Coordinar con la Dirección del SNBF para adelantar acciones de implementación de campañas formativas, culturales y educativas en el nivel nacional y territorial en temáticas propias de la Adolescencia y la Juventud.

8. Desarrollar e identificar mecanismos complementarios que aporten en la generación de insumos sobre adolescencia y juventud en el marco del Sistema de Gestión de Conocimiento.

9. Apoyar, de acuerdo con los lineamientos de la Consejería Presidencial para la Juventud, la generación de espacios e instancias participativas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas de adolescencia y juventud y su articulación con otras políticas públicas.

10. Identificar y apoyar técnicamente, desde el enfoque de derechos y diferencial, los programas, planes, agendas políticas o proyectos de inversión social dirigidos a la garantía de la promoción de los derechos de los adolescentes y jóvenes.

11. Coordinar con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y con la Dirección del SNBF la elaboración de los informes que se requieran en el marco de los avances de la Política y la Atención Integral de la Adolescencia y la Juventud.

12. Hacer seguimiento a las metas, planes de acción e indicadores de la Subdirección, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Contratación y Dirección de Abastecimiento.

13. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

14. Dirigir la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.

15. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

16. Rendir informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

17. Las demás funciones que sean asignadas por la autoridad competente y que tengan relación directa con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Políticas Públicas en niñez, adolescencia y juventud y normatividad vigente.

2. Metodologías y procedimientos para realizar diagnósticos situacionales

3. Sistemas Integrados de Gestión.

4. Planeación Estratégica

5. Formulación, análisis y evaluación de indicadores sociales

6. Análisis estadísticos

7. Formulación, gestión, evaluación y seguimiento de planes y proyectos.

8. Herramientas informáticas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las personas
Pensamiento Sistémico
Resolución de Conflictos

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en:
- Administración
- Contaduría Pública
- Economía
- Derecho y afines
- Ciencia Política, Relaciones Internacionales
- Filosofía, Teología y afines
- Psicología
- Sociología, Trabajo Social y afines
- Antropología, Artes Liberales
- Comunicación social, Periodismo y afines
- Ingeniería Industrial y afines
- Ingeniería Administrativa y afines
- Medicina
- Odontología
- Nutrición y Dietética
- Educación
Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Seis (56) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 1

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento – NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Sesenta y Ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 2

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento – NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Noventa y Dos (92) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 3

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento – NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Título de posgrado en la modalidad de Doctorado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Dos (52) meses de Experiencia profesional relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel:Nacional
Denominación del Empleo:Subdirector Técnico
Código:0150Grado:21
Número de Cargos:17
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe InmediatoQuien ejerza la supervisión directa

II. ÁREA FUNCIONAL

Dirección de Adolescencia y Juventud - Subdirección de Operación de Programas para la Adolescencia y la Juventud.

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar la operación e implementación de programas, proyectos, estrategias y planes, que garanticen la prevención y promoción de los derechos de la adolescencia y juventud, conforme a las políticas del instituto y normatividad vigente.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir los esquemas de operación en el desarrollo de estrategias, planes, programas, proyectos y actividades en favor de la adolescencia y la juventud que propendan por su formación integral, el desarrollo de habilidades, capacidades y competencias tanto individuales como colectivas, la consolidación de proyectos de vida, el fortalecimiento de los vínculos familiares y la construcción de capital social, desde el ejercicio de la ciudadanía juvenil, en articulación con la Consejería Presidencial para la Juventud y en coordinación con las demás entidades del Estado, el sector privado y organismos internacionales.

2. Establecer acciones conjuntas con la Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar que promuevan la ciudadanía juvenil y el goce efectivo de derechos para los adolescentes y jóvenes.

3. Diseñar, en coordinación y articulación con la Consejería Presidencial para la Juventud y con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, los criterios de focalización y los referentes de atención, conceptuales y operativos, que se requieran para la promoción y realización de los derechos de los jóvenes, el desarrollo de habilidades, la consolidación de proyectos de vida, el fortalecimiento de los lazos familiares y la construcción de capital social.

4. Establecer, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión, las estrategias, variables e indicadores para realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas y acciones del Instituto para cumplir con las metas establecidas en la atención y acceso a beneficios o servicios de la población adolescente y joven.

5. Liderar la implementación de estrategias de asistencia técnica dirigidas a las direcciones regionales, centros zonales, prestadores de los servicios, para la divulgación y apropiación de lineamientos, estándares de calidad, y rutas de atención de adolescencia y juventud, medición y control de los avances en la atención, seguimiento y asesoría en la aplicación de estos.

6. Apoyar la ejecución de las acciones que permitan el acceso de los adolescentes y jóvenes a la diversidad de la oferta institucional del Estado en lo relacionado con la garantía y el goce efectivo de sus derechos.

7. Gestionar la programación de metas sociales y asignación de los recursos financieros para la operación de los programas para la adolescencia y juventud y hacer seguimiento a la ejecución de estos, de acuerdo con los parámetros de la programación de metas sociales y financieras.

8. Hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Abastecimiento y la Dirección de Contratación.

9. Organizar y orientar la coordinación con las diferentes áreas del Instituto y del Sistema Nacionalde Bienestar Familiar, las acciones pertinentes al desarrollo y operación de los programas y servicios para la adolescencia y juventud.

10. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

11. Dirigir la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.

12. Rendir informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

14. Las demás funciones que sean asignadas por la autoridad competente y que tengan relación.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia

2. Código de Infancia y Adolescencia

3. Políticas Públicas en niñez, adolescencia y juventud y normatividad vigente

4. Metodologías y procedimientos para realizar diagnósticos situacionales

5. Sistemas Integrados de Gestión.

6. Planeación Estratégica

7. Formulación, análisis y evaluación de indicadores sociales

8. Análisis estadísticos

9. Finanzas públicas

10. Gestión contractual pública

11. Formulación, gestión, evaluación y seguimiento de planes y proyectos.

12. Herramientas informáticas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las personas
Pensamiento Sistémico
Resolución de Conflictos

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en:
- Administración
- Contaduría Pública
- Economía
- Derecho y afines
- Ciencia Política, Relaciones Internacionales
- Filosofía, Teología y afines
- Psicología
- Sociología, Trabajo Social y afines
- Antropología, Artes Liberales
- Comunicación social, Periodismo y afines
- Ingeniería Industrial y afines
- Ingeniería Administrativa y afines
- Medicina
- Odontología
- Nutrición y Dietética
- Educación
Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Seis (56) meses de experiencia profesional relacionada

ALTERNATIVA 1

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENNCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Sesenta y Ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 2

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Noventa y Dos (92) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 3

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
 Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Título de posgrado en la modalidad de Doctorado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cuarenta y Cuatro (44) meses de experiencia profesional relacionada

ARTÍCULO TERCERO. Modificar del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales acorde a lo establecido en el Decreto 880 de 2020 para los siguientes empleos:

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel:Nacional
Denominación del Empleo:Director Técnico
Código:0100Grado:23
Número de Cargos: 9
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe Inmediato Director General

II. ÁREA FUNCIONAL

Dirección de Infancia

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar los procesos para la protección integral y garantía de los derechos de la infancia, con la participación de actores públicos y privados, a través de programas y estrategias de promoción y prevención, gestionando acciones encaminadas a fortalecer entornos que contribuyan a la protección integral de acuerdo con los lineamientos técnicos, las necesidades y políticas establecidas, orientadas a garantizar la calidad, eficiencia y eficacia de la atención.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Liderar la implementación de la política de infancia, basada en un enfoque de derechos y de protección integral, dentro del ICBF, definidos por el Departamento Admi nistrativo para la Prosperidad Social y, por las demás Entidades y organismos competentes, teniendo en cuenta planes de gobierno, directrices institucionales, estudios y evaluaciones realizadas.

2. Definir los lineamientos para la ejecución de estudios que contribuyan a conocer la situación de la infancia, dentro del marco de las normas vigentes y las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación y los parámetros definidos por la Consejería Presidencial para la Niñez y la Adolescencia, con el fin de prevenir la vulneración de sus derechos.

3. Formular en coordinación con la Subdirección General, la Política Nacional de prevención para la Niñez y Adolescencia (Infancia) problemáticas asociadas a la garantía de derechos y la prevención de su vulneración.

4. Determinar los esquemas de operación de los servicios de la Dirección de Infancia orientados a garantizar la calidad, eficiencia y eficacia en el marco de la atención.

5. Desarrollar e implementar estrategias y acciones que promuevan la gestión del conocimiento en temas relacionados con la infancia y garanticen los derechos, de acuerdo con los lineamientos técnicos, necesidades y políticas establecidas a nivel nacional y territorial.

6. Participar en el diseño de normas que den cumplimiento a los convenios o tratados nacionales e internacionales para atención de la infancia, de acuerdo con las políticas del instituto.

7. Articular la gestión de la Dirección de Infancia con las Direcciones Regionales, Centros Zonales, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, entes territoriales y prestadores de servicios para garantizar la divulgación, apropiación de los lineamientos técnicos, estándares de calidad, rutas de atención para la infancia y la prevención de su vulneración.

8. Liderar el diseño de las campañas formativas, culturales, educativas y de movilización social en el nivel nacional y territorial para la promoción y prevención en temáticas propias de la infancia.

9. Establecer, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión, las variables, indicadores e instrumentos que se requieran para la evaluación y monitoreo de la política pública de niñez y adolescencia (infancia), medición de los avances de la atención integral.

10. Dirigir y hacer seguimiento a las metas, planes de acción e indicadores de la Dirección, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento y Dirección de Contratación.

11. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

12. Dirigir la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.

13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

14. Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

15. Brindar acompañamiento técnico a los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para la definición y desarrollo de acciones encaminadas a fortalecer entornos que contribuyan a la protección integral de la infancia.

16. Promover la vinculación de actores públicos y privados para la cualificación de la atención y la ampliación de cobertura en los servicios de infancia.

17. Las demás funciones que sean asignadas por autoridad competente y que tengan relación directa con la naturaleza del cargo y área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia

2. Código de Infancia y Adolescencia

3. Problemáticas y dinámicas relacionadas con la población objetivo

4. Política pública del área de niñez y adolescencia y normatividad vigente

5. Planeación estratégica

6. Formulación, análisis y evaluación de indicadores sociales

7. Formulación, gestión, evaluación y seguimiento de planes y proyectos.

8. Conocimiento en formulación, instrumentalización y adopción de políticas públicas.

9. Herramientas informáticas

I. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNESPOR NIVEL JERÁRQUICO
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo
Adaptación al cambio
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las personas
Pensamiento Sistémico
Resolución de Conflictos

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIECIA
Título profesional en disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en:
- Administración
- Contaduría Pública
- Economía
- Derecho y afines
- Ciencia Política, Relaciones Internacionales
- Filosofía, Teología y afines
- Psicología
- Sociología, Trabajo Social y afines
- Antropología, Artes Liberales
- Comunicación social, Periodismo y afines
- Ingeniería Industrial y afines
- Ingeniería Administrativa y afines
- Medicina
- Odontología
- Nutrición y Dietética
- Educación
Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Sesenta y Cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 1

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
 Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Setenta y Seis (76) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 2

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cien (100) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 3

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Título de posgrado en la modalidad de Doctorado en áreas relacionadas con las funciones del cargo. Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Dos (52) meses de experiencia profesional relacionada

I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel:Nacional
Denominación del Empleo:Subdirector Técnico
Código: 0150Grado:21
Número de Cargos:17
Dependencia:Donde se ubique el cargo
Cargo del Jefe InmediatoQuien ejerza la supervisión directa

          

II. ÁREA FUNCIONAL

Dirección de Infancia - Subdirección de Promoción y Fortalecimiento a la Atención de la Infancia

III. PROPÓSITO PRINCIPAL

Liderar la definición de los lineamientos de desarrollo, ejecución, operación, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos, en materia de prevención y promoción de los derechos de la infancia, promoviendo los procesos de asistencia técnica y gestión del conocimiento a las direcciones regionales, centros zonales, entes territoriales, organizaciones multilaterales, prestadores de servicios y sociedad civil en general, de acuerdo con la normatividad vigente y las necesidades detectadas.

IV. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES

1. Dirigir estudios, investigaciones y análisis para determinar las problemáticas de la infancia en las diferentes regiones del país, con miras a la detección de las necesidades más urgentes y prioritarias a nivel nacional y por regiones.

2. Liderar las acciones operativas que permitan, conocer y mantener actualizada la información de la situación de la infancia en el país, los avances en el desarrollo de la Política Pública, garantizando el acceso y permanencia de niñas y niños en los servicios de infancia, la Atención Integral y el cumplimiento de sus derechos.

3. Apoyar técnicamente la formulación de instrumentos de política y lineamientos técnicos a las instancias competentes, en materia de promoción y prevención para la protección integral de la infancia.

4. Coordinar la operación del proceso de formación de los agentes educativos, hacer seguimiento y evaluación, para su cualificación, con el propósito de asegurar la calidad en los programas de la infancia.

5. Construir e implementar el esquema de supervisión de los servicios de la Dirección de Infancia.

6. Fijar las líneas técnicas para la implementación de las campañas formativas, culturales y educativas en el nivel nacional y territorial para la promoción y prevención en temáticas propias de la infancia.

7. Brindar asistencia técnica a las Direcciones Regionales, Centros Zonales, entidades territoriales, prestadores de los servicios y demás agentes del SNBF, para la ejecución, operación, seguimiento, divulgación y apropiación de los lineamientos técnicos y orientaciones para la atención en el marco de la Ruta Integral de Atenciones para la Infancia.

8. Coordinar, asesorar y hacer seguimiento a la implementación del modelo institucional de focalización para la operación de los servicios para la promoción de los derechos de la infancia y la prevención de sus vulneraciones, en coordinación con las Direcciones Regionales, Centros Zonales y entidades territoriales.

9. Desarrollar acciones para promover la gestión del conocimiento en infancia y analizar y hacer seguimiento a la información de los sistemas de monitoreo y control de la política de niñez y adolescencia (infancia) a nivel nacional y demás informes generados.

10. Participar en la definición e implementación de los sistemas de información misionales y demás herramientas tecnológicas, velando por la calidad y oportunidad de los datos mediante el uso de los sistemas para la producción de informes de resultados de la operación, de planeación seguimiento y control, que generen aprendizaje en torno a la ejecución de los servicios para la promoción y prevención en temáticas propias de infancia.

11. Analizar y documentar los resultados de las acciones y la operación de los programas de la Dirección, para generar aprendizajes en torno al diseño y ejecución de las modalidades y servicios para la promoción y prevención en temáticas propias de la infancia.

12. Dirigir y hacer seguimiento a las metas, planes de acción e indicadores de la Dirección, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento y la Dirección de Contratación.

13. Establecer, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión, las estrategias, variables e indicadores para realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la operación de los servicios de infancia del Instituto.

14. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.

15. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

16. Rendir informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.

17. Las demás funciones que sean asignadas por la autoridad competente y que tengan relación directa con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Políticas Públicas en niñez y adolescencia y normatividad vigente.

2. Metodologías y procedimientos para realizar diagnósticos situacionales

3. Sistemas Integrados de Gestión.

4. Planeación Estratégica

5. Formulación, análisis y evaluación de indicadores sociales

6. Análisis estadísticos

7. Formulación, gestión, evaluación y seguimiento de planes y proyectos.

8. Herramientas informáticas

VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES

COMUNESPOR NIVEL JERÁRQUICO
Aprendizaje continuo
Orientación a resultados
Orientación al usuario y al ciudadano
Compromiso con la organización
Trabajo en equipo Adaptación al cambio
Visión estratégica
Liderazgo efectivo
Planeación
Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las personas
Pensamiento Sistémico
Resolución de Conflictos

VII. REQUISITOS DE FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional en disciplinas académicas del núcleo básico de conocimiento en:
- Administración
- Contaduría Pública
- Economía
- Derecho y afines
- Ciencia Política, Relaciones Internacionales
- Filosofía, Teología y afines
- Psicología
- Sociología, Trabajo Social y afines
- Antropología, Artes Liberales
- Comunicación social, Periodismo y afines
- Ingeniería Industrial y afines
- Ingeniería Administrativa y afines
- Medicina
- Odontología
- Nutrición y Dietética
- Educación
Título de posgrado en la modalidad de Maestría en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Seis (56) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 1

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Sesenta y Ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 2

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Noventa y Dos (92) meses de experiencia profesional relacionada.

ALTERNATIVA 3

FORMACIÓN ACADÉMICAEXPERIENCIA
Título profesional universitario en una de las disciplinas académicas contenidas en los Núcleos Básicos de Conocimiento –NBC, definidos en los requisitos mínimos del cargo.
Título de posgrado en la modalidad de Doctorado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta profesional en los casos contemplados por la Ley.
Cincuenta y Dos (52) meses de experiencia profesional relacionada.

ARTÍCULO 4o. SOCIALIZACIÓN. Ordenar a la Dirección de Gestión Humana que a través del medio que considere idóneo, dé a conocer a los servidores públicos las funciones y competencias determinadas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF, para los respectivos empleos.

ARTÍCULO 5o. Ordenar a la Dirección de Gestión Humana adelantar las acciones para la actualización del manual de funciones en sus números de empleos e incorporación de las nuevas funciones asignadas al Instituto en los diferentes empleos que así lo requieran.

ARTÍCULO 6o. PUBLICACIÓN. Ordenar a la Oficina Asesora de Comunicaciones la publicación de la presente resolución junto con sus anexos en la intranet y en la página web del ICBF.

ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo correspondiente el Manual de Funciones y Competencias Laborales ICBF contenido en la Resolución 1818 de marzo de 2019, modificado por la Resolución 7444 de 2019.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2020.

La Directora General,

Lina María Arbeláez.

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