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RESOLUCION 1770 DE 2008

(7 mayo)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1550 de 2012>

“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Guía para la Gestión de los Bienes en el ICBF, adoptada por la Resolución No. 0935 del 02 de junio de 2005”

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, lo preceptuado en el literal a) artículo 28 del Decreto 334 de 1980 y los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 4695 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar posee dentro de su patrimonio bienes inmuebles que no requiere para su funcionamiento ni para desarrollar programas propios de su misión institucional, por lo cual se hace necesario adoptar mecanismos y procedimientos para agilizar el proceso de venta de los mismos.

Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar adoptó mediante Resolución No. 0935 del 02 de junio de 2005 la Guía para la Gestión de los Bienes del ICBF, la cual requiere de un proceso de revisión integral que se encuentra suspendido hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente la venta de bienes de propiedad de las entidades públicas previsto en la Ley 1150 de 2007.

Que aunque el proceso de revisión esté suspendido, como se manifiesta en el considerando anterior, es indispensable mantener debidamente actualizado el Plan de Enajenación Onerosa y tomar las medidas que faciliten la inclusión de bienes en el mismo.

Que el Capítulo II de la Guía para la Gestión de los Bienes del ICBF, en su numeral 2, “POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE BIENES INNMUEBLES”, subnumeral “2.23 Venta de bienes inmuebles”, establece las “Reglas básicas para iniciar lR_ICBF_1770_2008a venta del inmueble” entre las que se encuentra: “Ser de propiedad del ICBF: Folio de Matrícula Inmobiliaria donde aparezca registrado el inmúéh1e a nombre del ICBF y sin limitaciones de dominio ni gravámenes.

Que, en el mismo sentido, el numeral 3° de la referida Guía, “ORIENTACIONES PARA LA GESTIÓ DE LOS BIENES INMUEBLES”, subnumerales “3.7 Egreso de inmuebles por venta mediante sistema de martillo” y “3.8 Egreso de inmuebles por venta directa mediante procedimiento de propuesta económica en sobre cerrado…Actividades y persona responsable, establece que se debe llevar el caso ante el Comité de Gestión de Bienes para la autorización de la venta, anexando los siguientes documentos: “Estudio de títulos del inmueble mediante el cual se determine, entre otros, que el inmueble no tiene gravámenes, ni limitaciones de dominio conocidas ni registradas en el folio de matrícula inmobiliaria” y “Avalúo comercial del inmueble actualizado y vigente y acta de visita al inmueble donde conste que el inmueble se encuentra desocupado”.

Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1550 de 2012> Modificar parcialmente la Guía para la Gestión de los Bienes en el ICBF, así:

Capítulo II. BIENES INMUEBLES.

2° POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE BIENES INMUEBLES.

2.23 Venta de bienes inmuebles.

  • Reglas básicas para iniciar la venta de un inmueble
  • Ser de propiedad del ICBF: Folio de matrícula inmobiliaria donde aparezca registrado el inmueble a nombre del ICBF y donde conste que dicho bien no se encuentra fuera del comercio.

Capítulo III. BIENES INMUEBLES

3° ORIENTACIONES PARA LA GESTION DE LOS BIENES INMUEBLES.

Egreso de inmuebles por venta mediante sistema de martillo

Actividades y persona responsable

  • Estudio de títulos del inmueble mediante el cual se determine que el inmueble no se encuentra fuera del comercio”,

Egreso de inmuebles por venta directa mediante procedimiento de propuesta  económica en sobre cerrado

Actividades y persona responsable

  • Estudio de títulos del inmueble mediante el cual se determine que el inmueble no se encuentra fuera del comercio.
  • Avalúo Comercial del inmueble actualizado y vigente.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1550 de 2012> Las demás disposiciones de la Guía para la Gestión de los Bienes en el ICBF, continúan vigentes.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 1550 de 2012> La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogota, D. C, a los 7 MAYO 200

ELVIRA FORERO HERNANDEZ

Directora General

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