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RESOLUCIÓN 748 DE 2015

(febrero 20)

Diario Oficial No. 49.456 de 17 de marzo de 2015

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

DIRECCIÓN GENERAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el por el artículo 5 de la Resolución 206 de 2017>

Por la cual se modifica la integración del Comité Técnico de Autorización de la Dirección General del ICBF.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y en el numeral b) del artículo 28 de la Ley 7ª de 1979, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 3566 de 2010, se reorganizó el Comité Técnico de Autorización encargado de conceptuar sobre el otorgamiento, renovación, suspensión y cancelación de la autorización de los organismos acreditados y agencias internacionales que prestan servicios de adopción.

Que en atención a las necesidades de la entidad y, teniendo en cuenta, la naturaleza de los asuntos competencia de este Comité, se hace necesario modificar el artículo 2o de la Resolución 3566 de 2010.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el por el artículo 5 de la Resolución 206 de 2017> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 3566 de 2010, el cual quedará así:

Artículo 2o. Integración. El Comité Técnico de Autorización estará integrado así:

-- El Subdirector General o su delegado.

-- El Director de Protección, quien lo presidirá

-- El Jefe de la Oficina de Aseguramiento a la Calidad.

-- El Director Financiero.

-- El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

-- El Jefe de la Oficina de Cooperación y Convenios.

-- El Subdirector de las Adopciones.

PARÁGRAFO. Concurrirán con voz pero sin voto los servidores públicos que por su condición de jerarquía y funcional deban asistir según el caso concreto.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el por el artículo 5 de la Resolución 206 de 2017> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2o de la Resolución número 3566 de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de febrero de 2015.

La Directora General,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.

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