RESOLUCIÓN 437 DE 1996
(22 marzo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 28 de la Resolución 1400 de 1996>
Por la cual se modifica la Resolución 2825 del 27 de diciembre de 1995”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
En uso de sus facultades legales y estatutarias
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 28 de la Resolución 1400 de 1996> Modificar el artículo segundo de la Resolución No. 2825 del 27 de diciembre de 1995, proferida por esta Dirección General, el cual quedará así:
Delegar en los Secretarios Generales, Subdirectores y Jefes de Oficina, la celebración de contratos relacionados con sus áreas, hasta por mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
PARÁGRAFO. Delegar en el Subdirector Administrativo, la celebración de contratos de la Sede Nacional relacionados con gastos generales, correspondientes a compra de equipo, materiales y suministros, mantenimiento arrendamientos, obra pública, impresos y publicaciones, comunicaciones y transporte, los de servicios y consultoría requeridos por la Oficina de control Interno, hasta por mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 28 de la Resolución 1400 de 1996> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Santafe de Bogotá, D. C., a los 22 MAR. 1996
ADELINA COVO DE GUERRERO
Directora General