RESOLUCIÓN 1020 DE 2019
(mayo 6)
Diario Oficial No. 51.034 de 3 de agosto 2019
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 779 de 2020>
Por medio de la cual se adopta el Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción - Versión 7.
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL - PROSPERIDAD SOCIAL,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 2094 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social es el organismo principal de la Administración Pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación;
Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, según Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016 y en cumplimiento de su misión institucional, tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias legales y reglamentarias formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para la inclusión social y la reconciliación en términos de la superación de la pobreza y la pobreza extrema, la atención de grupos vulnerables, la atención integral a la primera infancia, infancia y adolescencia y la atención y reparación a víctimas del conflicto armado a las que se refiere el artículo 3o de la Ley 1448 de 2011, el cual desarrollará directamente o a través de sus entidades adscritas o vinculadas, en coordinación con las demás entidades u organismos del Estado competentes;
Que el Gobierno nacional en el documento CONPES Social número 100 de 2006 “Lineamientos para la focalización del gasto público social”, definió los procesos de identificación, selección y asignación como las etapas del proceso de focalización;
Que el artículo 9o del Decreto 2094 del 22 de diciembre de 2016 modificó la estructura interna del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, consagrando en el numeral 3 la Subdirección General de Programas y Proyectos del cual hace parte la Dirección de Transferencias Monetarias Condicionadas, y estableció sus funciones en el artículo 21, como responsable de: 1. Diseñar, formular, identificar y adoptar planes, programas, estrategias y proyectos de transferencias monetarias que permitan mejorar la calidad de vida de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación; 2. Ejecutar y articular las políticas, planes, programas y proyectos de transferencias monetarias dirigidos a reducir la vulnerabilidad de la población objeto del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación; 3. Diseñar e identificar instrumentos para la verificación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por los beneficiarios de las transferencias monetarias entregadas por el Departamento Administrativo; 4. Definir los mecanismos de pago de las transferencias monetarias y la bancarización de los beneficiarios de las mismas; 5. Proponer y aplicar los criterios de vinculación y promoción de beneficiarios para cada uno de los programas a cargo de la dependencia y velar por su cumplimiento; 6. Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión de la dependencia;
Que la Resolución 00237 del 29 de enero de 2019, “Por la cual se establecen los Grupos Internos de Trabajo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, su denominación y funciones y se dictan otras disposiciones”, estableció que el Grupo Interno de Trabajo - Jóvenes en Acción, tiene, entre otras funciones la de “crear, ajustar y administrar todos los procesos y actividades relacionadas con los programas a cargo del Grupo Interno de Trabajo Jóvenes en Acción”;
Que la Resolución 01970 del 21 de noviembre de 2012 adoptó el Programa Jóvenes en Acción, como un programa del Gobierno nacional dirigido a jóvenes bachilleres en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, que busca mejorar las capacidades, competencias, habilidades y destrezas para el trabajo, a través de una transferencia monetaria condicionada que incentiva la continuidad del proceso de formación, el aumento del logro educativo y el desarrollo de competencias para el trabajo que, en conjunto, contribuyen a la generación de capital humano, incrementan la empleabilidad y mejoran las condiciones de vida;
Que la Resolución 00262 del 2 de abril de 2013, fijó los criterios para el registro de Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 00817 del 26 de agosto de 2013 adoptó la Primera Versión del Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 01170 del 29 de noviembre de 2013, fijó los tiempos para la vinculación y entrega de la transferencia monetaria condicionada del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 01525 del 24 de junio de 2014, modificó la Resolución número 01970 de 2012, la Resolución número 01170 del 29 de noviembre de 2013 y estableció los parámetros para la implementación de Jóvenes en Acción formación técnica, tecnológica y universitaria en Instituciones de Educación Superior (IES);
Que la Resolución 01865 del 21 de julio de 2014, adoptó la Segunda Versión del Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 04135 del 25 de noviembre de 2015, adoptó la Tercera Versión del Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 01522 del 10 de junio de 2016, adoptó la Cuarta Versión del Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 00527 del 17 de febrero de 2017, actualizó disposiciones del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 00528 del 17 de febrero de 2017, adoptó la Quinta Versión del Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción;
Que la Resolución 01519 del 22 de mayo de 2017, adoptó el Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción - Versión 6;
Que se hace necesario actualizar y modificar los lineamientos del Programa Jóvenes en Acción, con el fin de atender la dinámica de la implementación del programa, lo cual implica ajustes en cuanto a su estructura, componentes y procesos; creación de nuevos estados y tiempos de duración de los mismos en el sistema de información del programa, inclusión del período de gracia para los participantes de Instituciones de Educación Superior (IES); retiro de participantes por no cobro de la Transferencia Monetaria Condicionada (TMC) en modalidad de giro; ampliación de la modalidad de formación en IES a distancia tradicional; ajuste de promedio del periodo a promedio acumulado; y acompañamiento en ciclos propedéuticos;
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adóptese el Manual Operativo del Programa Jóvenes en Acción - Versión 7, cuyo texto anexo hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en su integridad la Resolución número 01519 del 22 de mayo de 2017.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2019.
Susana Correa Borrero.