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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 9 DE 2010

(septiembre 13)

Diario Oficial No. 47.833 de 15 de septiembre de 2010

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se modifica la Resolución Orgánica número 017 del 29 de diciembre de 2006, por medio de la cual se crea el Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública.

EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, el artículo 6o del Decreto-ley 273 de 2000, el artículo 2o de la Ley 716 de 2001, especialmente el artículo 7o del Decreto 1914 de 2003.

CONSIDERANDO:

Que la Auditoría General de la Republica mediante Resolución Orgánica número 017 del 29 de diciembre de 2006, creó el Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública.

Que en el artículo 2o de la citada resolución, se definen los funcionarios que integran el Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública.

Que en el artículo 2o no se estableció el alcance y la participación en las decisiones para cada uno de los funcionarios que la conforman, y tampoco se estableció el quórum deliberatorio para dicho Comité.

Que por lo anterior, se hace necesario modificar el artículo 2o de la Resolución Orgánica número 017 del 29 de diciembre de 2006, y por lo tanto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. El artículo 2o de la Resolución Orgánica número 17 de 2006 quedará así:

El Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública, estará integrado por los siguientes funcionarios, con voz y voto:

a) El Secretario General, quien lo presidirá.

b) El Director de Recursos Financieros.

c) El Director de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva.

d) El Director de la Oficina Jurídica.

e) El Director de Recursos Físicos.

PARÁGRAFO 1o. Hará parte también del Comité el profesional que ejerce las funciones de contador en la Entidad, quien estará encargado de las funciones de Secretario Técnico, sin embargo, actuará con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO 2o. El Director de la Oficina de Control Interno asistirá a las reuniones del Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública, como invitado, con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO 3o. El Secretario General podrá convocar a otros funcionarios que puedan colaborar en el proceso de depuración de la información contable.

PARÁGRAFO 4o. Reuniones, quórum y toma de decisiones. El Comité de Sostenibilidad de la Información Contable Pública, se reunirá de acuerdo con las necesidades, por convocatoria de su Presidente a través del Secretario. El quórum deliberatorio requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. La toma de decisiones se efectuará por mayoría simple.

ARTÍCULO 2o. La presente partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D. C., a 13 de septiembre de 2010.

Publíquese y cúmplase.

El Auditor General de la República,

IVÁN DARÍO GÓMEZ LEE.

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