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RESOLUCIÓN 4 DE 2006

(mayo 12)

Diario Oficial No. 46.270 de 16 de mayo de 2006

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se adoptan unos procedimientos dentro del Sistema de Gestión de la Calidad para la Auditoría General de la República.

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por los numerales 13 y 14 del artículo 17 del Decreto-ley número 272 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Orgánica número 012 de 2005, se organiza el “Sistema de Gestión de Calidad en la Auditoría General de la República”, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 872 de 2003 “la cual crea el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicio” y, el Decreto 4110 de 2004 “por el cual se adopta la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública NTCGP 1000:2004”, como parte integral y de obligatoria aplicación y cumplimiento para establecer, documentar, implementar y mantener el Sistema de Gestión de la Calidad.

Que para efectos de la aplicación e implementación de los procesos y procedimientos, en desarrollo del Sistema de Gestión de la Calidad, se requiere que la Entidad establezca un sistema documental que garantice la adopción de los mismos y su permanente actualización.

Que el proceso “Gestión del Proceso Fiscal”, y los procedimientos para llevarlo a cabo, forman parte integral del Sistema de Gestión de la Calidad de la Auditoría General de la República, en su nivel misional,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar en todas sus partes el proceso denominado “Gestión del Proceso Fiscal” dentro del Sistema de Gestión de la Calidad de la Auditoría General de la República, y sus procedimientos, los cuales se relacionan a continuación:


codigo

nombre

PF.211.20.02.P01.P

Procedimiento para Tramitar Procesos de Responsabilidad Fiscal

PF.211.20.02.P02.P

Procedimiento para Tramitar Procesos Administrativos Sancionatorios

PF.211.20.02.P03.P

Procedimiento para Tramitar Procesos de Jurisdicción Coactiva

ARTÍCULO 2o. El proceso “Gestión del Proceso Fiscal” y los procedimientos adoptados, deberán ser aplicados por la Dirección de Responsabilidad Fiscal de la Auditoría General de la República, y por todos y cada uno de los funcionarios de esta dependencia y los contratistas vinculados a la misma, en cumplimiento del ejercicio de las labores que le son propias, so pena de incurrir en causal de mala conducta.

ARTÍCULO 3o. El proceso “Gestión del Proceso Fiscal” y los procedimientos adoptados, deberán ser entregados a la Dirección de Responsabilidad Fiscal, como copia controlada, a su cargo.

ARTÍCULO 4o. Todo ajuste, modificación y/o actualización que deba realizarse al proceso y a los procedimientos adoptados mediante la presente resolución, con el fin de garantizar su mejoramiento continuo, deberán ser coordinados con la Oficina de Planeación y la Oficina de Control Interno o de aquella que haga sus veces. Dichos ajustes, modificaciones y/o actualizaciones, deberán ser notificados a cada uno de los funcionarios y a los contratistas del área a que pertenece el procedimiento.

PARÁGRAFO. Corresponde a los jefes de cada dependencia, asegurar la aplicación y actualización de los procesos y procedimientos, de acuerdo con lo estipulado en la metodología para la realización y actualización de los mismos.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a los 12 días del mes de mayo de 2006.

La Auditora General de la República,

PIEDAD AMPARO ZÚÑIGA QUINTERO.

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