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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 2 DE 2013

(enero 17)

Diario Oficial No. 48.677 de 18 de enero de 2013

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se crea una Gerencia Seccional y se modifica la organización del nivel desconcentrado de la Auditoría General de la República.

EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que la Auditoría General de la República (AGR) como organismo de segundo nivel ejerce la función de control fiscal sobre la Contraloría General de la República con sus 31 Gerencias Departamentales, las 62 Contralorías Territoriales del país y el Fondo de Bienestar de la Contraloría General de la República, correspondiéndole emprender acciones para articular con adecuados niveles de coordinación diferentes esquemas de control fiscal, formulando y adoptando una política integral de lucha contra la corrupción que propenda por la disminución de prácticas cada vez más sofisticadas de corrupción de tal forma que la misión de la Auditoría General de la República se orienta a generar la transformación y modernización de los órganos de control fiscal en el firme propósito de alcanzar la erradicación de la corrupción en la ejecución de los recursos públicos.

Que el Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para Todos 2010-2014”, en lo correspondiente a soportes transversales de la prosperidad democrática, ubica la lucha contra la corrupción, como una estrategia en la que entre otros aspectos se orienta hacia el fortalecimiento y modernización de los órganos de control.

Que el Plan de Gobierno del Auditor General de la República denominado “Pedagogía, Prevención y Control Social para un manejo eficiente de los recursos públicos 2011-2013” así como las nuevas responsabilidades asignadas a la AGR en especial las contenidas en la Ley 1474 de 2011 que adopta el Estatuto Anticorrupción exigen implementar novedosas estrategias para luchar contra la corrupción, de tal manera que se hace necesario la ampliación de la planta de personal de tal forma que se fortalezcan las áreas misionales y permitan un cumplimiento efectivo de la labor encomendada.

Que la AGR viene liderando acciones para armonizar el control fiscal bajo criterios de coordinación, concurrencia y complementariedad, planteando fortalecer el Sistema Nacional de Control Fiscal, que incluya los controles externo e interno y que a su vez integre el control fiscal posterior con la labor preventiva, acciones que exigen que el alcance de las auditorías que realiza sea más amplio y por ende la labor de auditoría mucho más profunda.

Que a través de las Gerencias Seccionales se realiza la Labor de vigilancia de la gestión fiscal de los sujetos de control en el nivel territorial, las cuales dependen jerárquicamente de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal.

Que el objetivo principal de las Gerencias Seccionales, según el numeral 14 del Decreto 272 de 2000, es dirigir y orientar, en el nivel seccional, la aplicación de las políticas, métodos y estrategias adoptadas por el Auditor General de la República para el ejercicio de la gestión fiscal así como ejecutar, en el ámbito de su jurisdicción, la revisión de cuentas de las contralorías territoriales bajo su jurisdicción, ejecutar las auditorías programadas en el Plan General de Auditorías, PGA, así como atender los requerimientos que formule la ciudadanía en su jurisdicción y darle el trámite correspondiente. Adicionalmente y por delegación del nivel central atender las controversias judiciales en los que la Auditoría General haga parte o intervenga.

Que actualmente se encuentran creadas nueve Gerencias seccionales, las cuales pertenecen al nivel desconcentrado de la Auditoría General de la República y cuyas sedes se encuentran en las ciudades de Medellín, Bogotá, Cali, Bucaramanga, Barranquilla, Neiva, Armenia, Cúcuta y Villavicencio.

Que el Decreto-ley 272 de 2000 faculta al Auditor General de la República, previo estudio y justificación para crear, modificar y variar sus sedes, de acuerdo con las necesidades del servicio, importancia de los organismos vigilados, disponibilidad presupuestal o de personal, entre otras.

Que el numeral 16 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, le asigna al Auditor General la función de Adoptar la planta de personal de la entidad de acuerdo con la viabilidad presupuestal expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, proveer los empleos cumpliendo las normas sobre carrera administrativa, así como distribuir los cargos de la planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comités asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las competencias y responsabilidades de la entidad, asignándoles las tareas a ejecutar.

Que con el fin de mejorar la cobertura territorio del Control Fiscal así como los alcances de las auditorías que realiza la AGR, se creará una (1) Gerencia Seccional, con sede en la ciudad de Montería, de tal manera que se descongestionen las demás Gerencias de la AGR y de esta forma lograr que la vigilancia de la Gestión de las Contralorías sea más oportuna y eficaz, a través de la realización de unos ejercicios de control mucho más profundos con mayor alcance y cobertura y con muestras más representativas que garanticen un control fiscal de segundo nivel más efectivo.

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección General del Presupuesto Nacional, emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal respecto de la adición de cargos a la planta de personal de la Auditoría General de la República con Oficio número 2-2012-043764 del 28 de noviembre de 2012.

Que frente al estudio presentado por la AGR, que sustenta y justifica la ampliación de planta, la Dirección de Desarrollo Organizacional del Departamento Administrativo de la Función Pública en comunicación 20134000002201 del 9 de enero de 2013, manifestó abstenerse de emitir un concepto técnico “de acuerdo con lo establecido en el Decreto 272 de 2000 'por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República', que le asigna como función al Auditor General, adoptar la planta de personal de la entidad de acuerdo con la viabilidad presupuestal expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, proveerlos empleos cumpliendo las normas sobre carrera administrativa, así como distribuir los cargos de la planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comités asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las competencias y responsabilidades de la entidad, asignándoles las tareas a ejecutar”.

Que la Auditoría General de la República expidió la Resolución Reglamentaria 001 de 2013 del 11 de enero del mismo año, “por medio de la cual se adopta la Planta de Empleos de la Auditoría General de la República”, con un total de 222 empleos.

Que con fundamento en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Crear la Gerencia Seccional X - Montería, cuya conformación y sede se determina en el siguiente artículo.

ARTÍCULO 2o. La conformación del nivel desconcentrado de la Auditoría General de la República, en lo relacionado con las competencias de cada una de las diez (10) Gerencias Seccionales quedará así:

- Gerencia Seccional I, para la Contraloría Departamental de Antioquia y Chocó y las Contralorías Municipales de Medellín, Envigado, Itagüí y Bello, con sede en la ciudad de Medellín.

- Gerencia Seccional II, para la Contraloría Departamental de Cundinamarca, la Municipal de Soacha y la Distrital de Bogotá con sede en la ciudad de Bogotá, D. C.

- Gerencia Seccional III, <Ver Notas de Vigencia> para las Contralorías Departamentales de Valle y Cauca y las Municipales de Cali, Yumbo, Palmira, Popayán, Tuluá*  y la Distrital de Buenaventura, con sede en la ciudad de Cali.

- Gerencia Seccional IV, para las Contralorías Departamentales de Santander, San Andrés, Cesar y Boyacá, las Municipales de Bucaramanga, Barrancabermeja, Floridablanca, Valledupar y Tunja, con sede en la ciudad de Bucaramanga.

- Gerencia Seccional V, para las Contralorías Departamentales de Atlántico, Bolívar y Guajira, la Municipal de Soledad y las Distritales de Barranquilla y Cartagena con sede en la ciudad de Barranquilla.

- Gerencia Seccional VI, para las Contralorías Departamentales de Huila, Tolima, Caquetá, Nariño y Putumayo, las Municipales de Neiva, Ibagué y Pasto con sede en la ciudad de Neiva.

- Gerencia Seccional VII, para las Contralorías Departamentales de Quindío, Risaralda y Caldas, las Municipales de Armenia, Pereira, Manizales y Dosquebradas, con sede en la ciudad de Armenia.

- Gerencia Seccional VIII, para las Contralorías Departamentales de Arauca, Norte de Santander y Casanare y la Municipal de Cúcuta, con sede en la ciudad de Cúcuta.

- Gerencia Seccional IX, para las Contralorías Departamentales de Meta, Guaviare, Guainía, Vichada, Vaupés y Amazonas y la Municipal de Villavicencio, con sede en la ciudad de Villavicencio.

- Gerencia Seccional X, para las Contralorías Departamentales de Córdoba, Magdalena y Sucre, la Municipal de Montería, la Distrital de Santa Marta con sede en la ciudad de Montería.

ARTÍCULO 3o. La distribución de competencias de que trata el artículo 2o de la presente resolución, empezará a regir a partir del 21 de enero de 2013 y bajo los parámetros establecidos por el Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal de la AGR.

ARTÍCULO 4o. Será responsabilidad de cada uno de los Gerentes Seccionales remitir la información de las Entidades Vigiladas que ya no sean del ámbito de su competencia a cada una de las Gerencias que sí la tengan en la forma y términos establecidos por el Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal de la AGR mediante Memorando Interno.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2013.

El Auditor General de la República de Colombia,

JAIME RAÚL ARDILA BARRERA.

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