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RESOLUCIÓN 437 DE 2014

(septiembre 16)

Diario Oficial No. 49.523 de 26 de mayo de 2015

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por la cual se aclara el artículo 17 de la Resolución número 00427 de 2014 que adoptó el Sistema Integrado de Gestión, (SIG), de la UACT.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 22 del artículo 8o del Decreto número 4161 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución número 00427 del 8 de septiembre de 2014 se adoptó el Sistema Integrado de Gestión, (SIG) de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial y se asignaron funciones al Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, modificando la Resolución número 00338 de 2013.

Que de acuerdo con el artículo 16 de la Resolución número 00427 de 2014 el Equipo de Mejoramiento por Procesos que establecerá e integrará el Director General, estará conformado por representantes de los diferentes procesos de la UACT, designados por los Directivos, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo; para desplegar e implementar el Sistema Integrado de Gestión en toda la entidad, atendiendo las Normas Técnicas que regulan cada uno de los sistemas que lo componen, entre ellas el Modelo Estándar de Control Interno MECI, la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Que los Directivos, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo tienen la responsabilidad de designar una persona quien hará las veces de facilitador de calidad (Gestores de Proceso) quien será el enlace de la dependencia y el encargado de propiciar en los servidores públicos y demás colaboradores, la interiorización, apropiación, comunicación y divulgación del Sistema Integrado de Gestión, como lo dispone el literal l) del artículo Décimo Cuarto de la Resolución número 00427 de 2014.

Que en el artículo 17 de la Resolución número 00427 de 2014 al referirse a la designación de los Gestores de Proceso, por un error tipográfico se cita el literal l) del artículo 13 de la mencionada resolución, debiendo haberse citado el artículo 14 del acto administrativo, considerándose necesario efectuar la aclaración.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aclarar el artículo 17 de la Resolución número 00427 del 8 de septiembre de 2014, en el entendido que la designación de los Gestores de Procesos a que hace referencia el citado artículo se encuentra en el literal l) del artículo 14 del mencionado acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

El Director General de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial,

GERMÁN CHAMORRO DE LA ROSA.

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