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RESOLUCION 1633 DE 2005

(junio 3)

Diario Oficial No. 45.940 de 15 de junio de 2005

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Derogada por la Resolución 5109 de 2005>

Por la cual se prorroga el término establecido en el artículo 19 de la Resolución 00485 de 2005.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial, las conferidas por el numeral 3 del artículo 2o del Decreto 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 00485 de 2005, se estableció el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano;

Que con el objeto de garantizar que la comercialización de alimentos para consumo humano en el territorio nacional, cumpla con los requisitos de rotulado o etiquetado consagrados de la norma, se hace necesario prorrogar el plazo establecido en el artículo 19 de la Resolución 00485 de 2005;

Que en virtud de lo anterior, este Despacho

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Prorrogar por tres (3) meses el término establecido en el artículo 19 de la Resolución 00485 de 2005, los cuales se contarán a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de junio de 2005.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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