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RESOLUCION 1419 DE 2005

(mayo 25)

Diario Oficial No. 45.926 de 01 de junio de 2005

MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se deroga el artículo 88 de la Resolución número 11488 de 1984

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por la Ley 9 de 1979, el Decreto 2106 de 1983 y el artículo 2o del Decreto 205 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que las investigaciones toxicológicas y evidencias científicas encontradas actualmente por diferentes organismos especializados, han demostrado que la sacarina y sus sales de calcio, potasio y sodio como edulcorante de alimentos y bebidas, no son perjudiciales para la salud de los consumidores;

Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 establece que todas las referencias legales de los Ministerios de Trabajo y Segurid ad Social y de Salud que se encuentran vigentes, deben entenderse referidas al Ministerio de la Protección Social;

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Derogar el artículo 88 de la Resolución número 11488 de 1984.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo 88 de la Resolución número11488 de 1984.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2005.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

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