RESOLUCIÓN 1503 DE 2010
(agosto 4)
Diario Oficial No. 47.792 de 5 de agosto de 2010
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1402 de 2018>
Por la cual se adopta la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales y se toman otras determinaciones.
EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL,
en uso de las facultades legales, especialmente las conferidas por los numerales 14 y 15 artículo 5o de la Ley 99 de 1993, y el Decreto-ley 216 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2o de la Ley 99 de 1993 dispuso la creación del Ministerio del Medio Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado entre otras cosas, de definir las regulaciones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.
Que los numerales 14 y 15 del artículo 5o de la Ley 99 de 1993, establecieron como funciones del Ministerio entre otras, determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas y evaluar los estudios ambientales y expedir, negar o suspender la licencia ambiental correspondiente, en los casos que se señalan en el Título VIII de la presente ley.
Que el numeral 12 del artículo 6o del Decreto 216 del 2003, estableció que le corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, otorgar o negar las licencias ambientales.
Que mediante el artículo 3o del Decreto 3266 del 8 de octubre de 2004, se creó la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales.
Que el numeral 4 del precitado artículo determinó como funciones de la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales, proponer y aplicar las metodologías y criterios técnicos para la evaluación de los estudios ambientales y para la expedición, seguimiento y monitoreo de las licencias ambientales.
Que la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales, que se adoptará a través de la parte resolutiva del presente acto administrativo, busca orientar a los usuarios de proyectos, obras o actividades sujetas a la obtención de Licencia Ambiental o el establecimiento de un Plan de Manejo Ambiental en el desarrollo de los estudios que se requieran en ese efecto, a fin de que garantice información precisa y confiable para la toma de decisiones y para el seguimiento al desempeño ambiental de los mismos.
Que de acuerdo con lo anterior, la metodología aplica a estudios tales como el Diagnóstico Ambiental de Alternativas, el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1402 de 2018> Adoptar la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales, que se anexa a la presente resolución y hace parte integral de la misma.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1402 de 2018> La Metodología que se adopta a través del presente acto administrativo es un instrumento de consulta obligatoria y de orientación a los usuarios de proyectos, obras o actividades que de acuerdo con la ley y los reglamentos están sujetos a la obtención de Licencia Ambiental o al establecimiento de un Plan de Manejo Ambiental para el desarrollo de los estudios que se requieran para ese efecto, a fin de garantizar información precisa y confiable para la toma de decisiones.
PARÁGRAFO. La Metodología que se adopta a través de la presente resolución puede ser consultada en la página web del Ministerio www.minambiente.gov.co.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1402 de 2018> Los usuarios de proyectos, obras o actividades que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución hayan presentado los estudios ambientales correspondientes para la obtención de la Licencia Ambiental o el establecimiento de un Plan de Manejo Ambiental, continuarán su trámite de acuerdo con los términos y condiciones señalados en los actos administrativos expedidos para el efecto.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1402 de 2018> La Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales, podrá ser actualizada por parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, cuando se considere pertinente.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D.C., a 4 de agosto de 2010.
El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
CARLOS COSTA POSADA.