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RESOLUCIÓN 768 DE 2017

(abril 17)

Diario Oficial No. 50.210 de 20 de abril de 2017

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Por la cual se adopta la Guía Técnica para la Ordenación y Manejo Integrado de la Zona Costera.

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en ejercicio de las facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 2o y 5o de la Ley 99 de 1993 y parágrafo del artículo 2.2.4.2.3.3. del Decreto número 1076 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 8o de la Constitución Política señala que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Que los artículos 79 y 80 de la Constitución Política consagran el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica, planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, así como prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.

Que según el numeral 1 del artículo 5o de la Ley 99 de 1993, en concordancia con el numeral 1 del artículo 2o del Decreto número 3570 de 2011, es función del Ministerio de Ambiente, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) “Diseñar y Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente”, y el numeral 24 del citado artículo 5o ibídem establece como función del Ministerio “Regular la conservación, preservación, uso y manejo del medio ambiente y de los recursos naturales renovables en las zonas marinas y costeras, y coordinar las actividades de las entidades encargadas de la investigación, protección y manejo del medio marino, de sus recursos vivos y de las costas y playas; así mismo, le corresponde regular las condiciones de conservación y manejo de ciénagas, pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas hídricos continentales”.

Que el parágrafo del artículo 2.2.4.2.3.3 del Decreto número 1076 de 2015, establece que las fases de formulación del Plan de Ordenación y Manejo Integrado de la Unidad Ambiental Costera (Pomiuac), se desarrollarán de acuerdo con lo que establezca la Guía Técnica para la Ordenación y Manejo Integrado de la Zona Costera, que deberá ser adoptada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con base en los insumos técnicos del Ideam e Invemar.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Adoptar la Guía Técnica para la Ordenación y Manejo Integrado de la Zona Costera y sus anexos, los cuales hacen parte integral del presente acto administrativo, constituyéndose en referente obligatorio a efectos de que las Autoridades Ambientales competentes desarrollen cada una de las fases del proceso de estructuración de los Planes de Ordenación y Manejo Integrado de las Unidades Ambientales Costeras (Pomiuac), definidas en el Decreto número 1076 de 2015.

ARTÍCULO 2o. DISPONIBILIDAD. La Guía Técnica para la Ordenación y Manejo Integrado de la Zona Costera y sus anexos, estará disponible en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para público conocimiento.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de abril de 2017.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

LUIS GILBERTO MURILLO URRUTIA.

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