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RESOLUCION 259611 DE 2000

(julio 5)

Diario Oficial No. 44.074, del 8 de julio de 2000

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS

Por la cual se suspenden los términos

legales en actuaciones de registro

sanitario automático ante el Invima.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA

DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS,

en ejercicio de las facultades legales, especialmente

las conferidas por el Decreto 1290 de 1994,

CONSIDERA:

Que la Dirección General del Instituto, con el fin de mejorar su eficacia en la prestación de los servicios de agilización de solicitudes en trámite de Registro Sanitario de los diferentes productos de competencia del Invima realizará una reorganización interna dentro de los grupos funcionales de la Subdirección de Licencias y Registros.

Dicha actividad se llevará a cabo en días hábiles, para tal efecto se hace necesario suspender los términos legales.

Que en mérito de lo anterior, la Dirección General,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Suspender los términos legales a partir de las 5:00 p.m. del día 7 de julio de 2000 hasta las 8 a.m. del día 17 de julio de 2000, únicamente para la radicación de solicitudes de registros automáticos de productos alimenticios, cosméticos y de aseo, higiene y limpieza.

Continuar con los demás trámites que competen al Instituto.

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de julio de 2000.

El Director General-Invima,

MIGUEL GERMÁN RUEDA SERBAUSEK.

      

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