RESOLUCION 253241 DE 2000
(marzo 23)
Diario Oficial No 43.961, del 4 de abril de 2000
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
Por la cual se adopta el formulario único para Registro
Sanitario de los productos alimenticios.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA
DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA,
en el ejercicio de las facultades legales que le confiere
el Decreto 1290 de 1994 y de acuerdo con lo establecido en el
parágrafo del artículo 45 del Decreto 3075 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que el Título III del Capítulo IX del Decreto 3075 del 23 de diciembre de 1997 por el cual se reglamenta la Ley 9a de 1979 y se dictan otras disposiciones, autoriza al Invima para expedir en forma inmediata el Registro Sanitario para productos alimenticios, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo;
Que el artículo 45 del citado decreto, ordena al Invima establecer un Formulario Unico para la solicitud del Registro Sanitario;
Que el artículo 48 del mismo decreto establece que el Invima procederá a expedir el respectivo Registro mediante el otorgamiento de un número que se colocará en el formulario mencionado;
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
<ARTICULO>. PRIMERO. Adoptar el Formulario Unico de Solicitud de Registro Sanitario para Productos Alimenticios que hacen parte integral de la presente resolución.
<ARTICULO>. SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
23 de marzo de 2000.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
El Director General,
MIGUEL GERMÁN RUEDA SERBAUSEK.
FORMULARIO UNICO DE SOLICITUD REGISTRO SANITARIO AUTOMATICO DE ALIMENTOS
EXPEDICION Y RENOVACION
Declaro que la información presentada en esta solicitud respaldada con mi firma, es veraz y comprobable en cualquier momento, que conozco y acato los reglamentos vigentes que regulan las condiciones sanitarias de las fábricas de alimentos y que el producto cumple estrictamente con las normas técnico-sanitarias expedidas por el Ministerio de Salud, las oficiales colombianas o en su defecto con las normas del Codex Alimentarius. Este producto no será comercializado con indicaciones terapéuticas.
Nombre y firma del propietario, representante legal o apoderado
REGISTRO SANITARIO AUTOMATICO DE ALIMENTOS
EXPEDICION Y RENOVACION
DECRETO 3075/97