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RESOLUCIÓN 2004009696 DE 2004

(junio 1o)

Diario Oficial No. 45.573, de 8 de Junio de 2004

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA

Por la cual se determinan los plazos para el retiro definitivo de existencias en el mercado de los productos que contengan en sus ingredientes el principio activo N-Dietiltoluamida (DEET) combinado con plaguicidas ya sean organofosforados, carbamatos, organoclorados, piretrinas o piretroides, o cualquier otro insecticida químico.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA,

en uso de las facultades conferidas por los numerales 2 y 11 del artículo 8o del Decreto 1290 de 1994 y el artículo 6o de la Resolución número 0578 de 2004 expedida por el Ministerio de la Protección Social,

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 245 de la Ley 100 de 1993 señala como objetivo del Invima la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de productos que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva, como es el caso de los plaguicidas.

En el mismo sentido, el Decreto 1290 de 1994 precisa como una de las funciones del Invima controlar y vigilar la calidad y seguridad de los productos establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, durante todas las actividades asociadas con su producción, comercialización y consumo.

Asimismo el artículo 1o del Decreto 1843 de 1991 dispone que: "El control y la vigilancia epidemiológica en el uso y manejo de plaguicidas, deberá efectuarse con el objeto de evitar que afecten la salud de la comunidad, la sanidad animal y vegetal o causen deterioro del ambiente".

Por Resolución número 0578 de 2004, el Ministerio de la Protección Social prohibió la importación, fabricación, formulación, comercialización y uso de los productos con base en el principio activo N-Dietiltoluamida (DEET) combinado con plaguicidas ya sean organofosforados, carbamatos, organoclorados, piretrinas o piretroides o cualquier otro insecticida químico y ordenó al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, determinar los plazos para el retiro definitivo de las existencias en el mercado de los productos mencionados.

Como consecuencia de lo anterior, este Instituto otorga un plazo máximo de tres (3) meses a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, para retirar del mercado los productos con base en el principio activo N-Dietiltoluamida (DEET) combinado con plaguicidas ya sean organofosforados, carbamatos, organoclorados, piretrinas o piretroides o cualquier otro insecticida químico.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Otorgar un término de tres (3) meses a partir de la fecha de publicación de la presente resolución para retirar del mercado los productos autorizados con base en el principio activo N-Dietiltoluamida (DEET) combinado con plaguicidas ya sean organofosforados, carbamatos, organoclorados, piretrinas o piretroides o cualquier otro insecticida químico.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D. C., el 1o de junio de 2004.

El Director General,

JULIO CÉSAR ALDANA BULA.

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