RESOLUCION 2003016602 DE 2003
(agosto 15)
Diario Oficial No. 45.285, de 20 de agosto de 2003
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
Por la cual se actualizan las tarifas en el Invima.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS, INVIMA,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 8o del Decreto 1290 de 1994; los artículos 4o, 5o, 6o, 7o y el parágrafo del artículo 9o de la Ley 399 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del artículo 338 de la Constitución Política faculta a la ley, las ordenanzas y los acuerdos para permitir a las autoridades administrativas fijar la tarifa de las tasas y contribuciones;
Que el Congreso de la República a través de la Ley 399 de 1997 autorizó el cobro de una tasa por parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, a los usuarios de los servicios prestados por la entidad;
Que doctrinariamente se ha entendido tasa como: "La prestación tributaria establecida por la ley o con fundamento en la ley, a favor del Estado como titular directo o indirecto, originada por una actividad de interés público o colectivo directamente relacionada con el contribuyente, o por la utilización de un bien de dominio público, que no obstante ser indispensable para él, tiene lugar en virtud de su solicitud, y cuya cuantía tiene como criterio directo de referencia el costo de la actividad o de la disponibilidad del bien de que se trate";
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 399 de 1997, el objetivo de la creación de dicha tasa, es la recuperación de los costos por los servicios prestados por el Invima;
Que así mismo el artículo 4o de la mencionada ley estableció los siguientes hechos generadores de la tasa:
a) La expedición, modificación y renovación de los registros de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos, y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva;
b) La expedición, renovación y ampliación de la capacidad de los laboratorios, fábricas o establecimientos de producción, distribución y comercialización de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan tener impacto en la salud individual o colectiva;
c) La realización de exámenes de laboratorio y demás gastos que se requieran para controlar la calidad de los medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispos itivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva;
d) La expedición de certificados relacionados con los registros, y
e) Los demás hechos que se presenten en desarrollo de los objetivos del Invima;
Que de otra parte los artículos 6o y 7o de la Ley 399 de 1997 establecieron respectivamente el método y el sistema para la determinación de la tarifa, para lo cual se señalaron las pautas técnicas a utilizar;
Que el artículo 6o de la Ley 399 de 1997, establece las pautas técnicas para la fijación de las tarifas que se cobrarán como recuperación de los costos de los servicios prestados por la entidad, teniendo en cuenta los costos totales de operación y los costos de los programas de tecnificación y ordena que las tarifas deben fijarse en salarios mínimos legales diarios vigentes;
Que la Corte Constitucional en Sentencia de Constitucionalidad C-427 de 2000, se abstuvo de emitir pronunciamiento sobre el artículo 9o de la Ley 399 de 1997, salvo en cuanto a su parágrafo que declaró exequible el cual ordena al Invima actualizar anualmente las tarifas que cobre por tales conceptos, de acuerdo con el método y el sistema expresados en los artículos 6o y 7o de la Ley 399 de 1997;
Que con fundamento en lo expuesto y una vez aplicados los procedimientos descritos en los artículos 6o y 7o de la Ley 399 de 1997, junto con razones técnicas y jurídicas,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Los servicios que presta el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, de conformidad con los hechos generadores señalados en el artículo 4o de la Ley 399 de 1997, tendrán las siguientes Tarifas:
REGISTRO SANITARIO Y/O RENOVACION
REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS
Código Concepto SMLDV
1001 Formas farmacéuticas sólidas: tabletas, grageas, tabletas
vaginales,cápsulas, granulados efervescentes y no eferves-
centes, jabones medicados, polvos medicados, polvos para
inhalación, polvos para reconstituir. 183
1002 Formas farmacéuticas líquidas emulsiones, suspensiones,
jarabes, elíxires, soluciones, jaleas, jabones líquidos medi-
cados, líquidos estériles, líquidos oleosos, shampoo, locio-
nes, tinturas o extractos. 212
1003 Formas farmacéuticas líquidas: inyectables, polvos para
reconstruir liofilizados. 190
1004 Formas farmacéuticas semisólidas: cremas, geles, ungüen-
tos, pastas,óvulos, supositorios, pomadas, jaleas. 190
1005 Formas farmacéuticas líquidas: soluciones oftálmicas y ópticas, soluciones óticas, soluciones tópicas, soluciones trasdérmicas (Parche), soluciones para inhalación, solución para nebulizaciones, solución estéril para irrigación, solución de reemplazo de líquido sinovial, solución conservante de órganos medicinales.de órganos, gases medicinales. 172
REGISTRO SANITARIO DE VACUNAS
Y/O RENO VACION REGISTRO SANITARIO DE VACUNAS
Código Concepto SMLDV
1006 Vacuna DPT, Vacunas Bacterianas. 305
1007 Vacuna TD, Vacuna Tetánica. 292
1008 Vacuna Pertussis 212
1009 Vacuna BCG 247
1010 Vacuna Antirrábica. 212
1011 Vacuna Antiamarílica. 255
1012 Vacuna Antisarampionosa, Vacunas Virales. 272
1013 Vacuna de Polio Oral. 259
REGISTRO SANITARIO DE COSMETICOS
Y/O RENOVACION REGISTRO SANITARIO DE COSMETICOS
Código Concepto SMLDV
1014 Cremas para cara, manos y cuerpo, emulsiones y lociones, geles,líquidos, talcos, jabones de tocador; cosméticos para antes y despuésde la afeitada, removedores de maquillaje, despigmentadores,blanqueadores de la piel y repelentes de insectos en sus diferentesformas cosméticas. 148
1015 Cremas depilatorias, emulsiones y lociones depilatorias, ceras y mieles depilatorias, geles depilatorios, aceites depilatorios. 152
1016 Cremas con protector solar, emulsiones y lociones, líquidos, geles,aceites, barras dermoprotectoras, bronceadores, autobronceadores. 160
1017 Champús y enjuagues para el cabello, tratamientos capilares:acondicionadores, bálsamos, rinses, mascarillas y aderezos para elcabello, otros tratamientos para el cabello. 124
1018 Tinturas para el cabello, maquillajes para el cabello, lacas para elcabello, decolorantes, activadores, peróxido de hidrógeno. 124
1019 Onduladores, alisadores y neutralizantes para el cabello, siliconas ybrillos para maquillar y proteger el cabello. 130
1020 Fijadores para el cabello, geles fijadores del cabello, aceites, líquidos, cremas, emulsiones, lociones, espumas y lacas. 125
1021 Productos de higiene personal: desodorantes y antitrans-pirantes encrema, líquidos, emulsiones, barra, roll-on, spray, talcos desodorantes y antitranspirantes, jabones desodorantes y antitranspirantes, desodorantes y antitranspirantes para pies, preparaciones para el baño, productos de higiene íntima externa. 141
1022 Esmaltes y delineadores de uñas, quitaesmalte, endurecedores deuñas, removedores de cutícula, disolventes de esmalte, brillos,pegantes de uñas postizas, secantes de esmaltes, humectantes decutícula, aceite de uñas y aceite de cutícula. 141
1023 Sombras, iluminadores de ojos en barra o lápiz, pestañinas, labiales,brillos, delineadores de ojos, de labios y de cejas en barras o lápiz, bases de maquillaje, pigmentos para maquillaje permanente, mascarillas faciales y corporales, toallitas y pañuelos desmaquilladores, polvos faciales: compactos y sueltos, otrosmaquillajes. 135
1024 Perfumes, colonias, lociones, aguas de tocador, aguas de colonia,aguas de perfume, after-shave y splash. 129
1025 Dentríficos y enjuagues bucales, sin o con menos de 1.500 ppm deflúor, refrescantes del aliento, blanqueadores de dientes. 139
1026 Aceites para bebés, aceites para cara, manos y cuerpo. 129
REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS
Y/O RENOVACION REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS
Y BEBIDAS ALCOHOLICAS
Código Concepto SMLDV
2001 Alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados y/o convitaminas, minerales, aminoácidos, proteínas, oligoelementos, ácidos grasos y otros; complementos alimenticios en presentaciones farmacéuticas. 216
2002 Leche entera en polvo adicionada con vitamina A, leche líquida entera, leche líquida semidescremada, leche líquida descremada, leche en polvo entera, leche en polvo semidescremada, leche en polvo descremada, alimentos sustitutos y complementarios de la leche materna, alimentos infantiles. 168
2003 Derivados cárnicos: conservas, semiconservas, preparados, gelatina de pata de res, subproductos cárnicos. 176
2004 Derivados de las frutas: refrescos de frutas, néctares, jugosconcentrados, pulpas adicionadas de vitamina C, concentrados,pulpas, pulpas azucaradas, mezclas líquidas a base de frutas, mezclas en polvo a base de frutas, mezclas en gel a base de frutas, frutas deshidratadas, pulpas deshidratadas, helados de frutas, dulces de fruta, postres de frutas, compotas. 154
2005 Derivados lácteos: Bebidas fermentadas, crema de leche, mantequilla, aceite o grasa de mantequilla, quesos, suero, arequipe, manjar blanco, dulce de leche, postres de leche, leche condensada azucarada, leche en polvo saborizada, leche líquida saborizada, leche en polvo azucarada, helados de leche, helado de crema, helado de leche con grasa vegetal. 196
2006 Derivados de la pesca: conservas, semiconservas y preparados,cartílago de tiburón, preparados con crustáceos, harinas de crustáceos. 131
2007 Frutas, hortalizas, conservas de frutas, bocadillos, encurtidos,mermeladas, jaleas, oleaginosas, tubérculos, conservas de legumbres, mezclas de legumbres, productos a base de oleaginosas, soya, preparados de soya, maní, pistachos, harinas de oleaginosas, harinas de tubérculos, productos a base de tubérculos, sagú, colados, raíces, bulbos, rizomas. 157
208 Cereales y derivados: Harinas, pastas alimenticias, preparados con y a base de cereales; productos de panadería, sopas, cremas, mezclas para preparar sopas o cremas, mezclas deshidratadas para la elaboración de sopas o cremas, alimentos para niños a base decereales, granos, granulados, extruidos, texturizados. 167
2009 Alimentos y bebidas dietéticas: hidratantes y carbonatadas, mezclas en polvo para preparar bebidas hidratantes, cremas no lácteas. 153
2010 Bebidas estimulantes: café, té, mate, aromáticas, chocolate, cocoa,mezclas con café, te y/o cocoa; tisanas; mezclas para infusión;granizados. 141
2011 Gaseosas, refrescos, aguas envasadas, helados de agua, hielo paraconsumo directo, granizados, cervezas no alcohólicas. 156
2012 Azúcares y derivados: dulces, confites, caramelos, azúcar, miel deabejas, gomas, chocolatinas, productos apícolas, dulces o caramelos de chocolate, mezclas de azúcar para preparar refrescos o bebidas saborizadas, merengues, melazas, productos de confitería, panela, concentrado de caña panelera, chocolate y su sucedáneos, gelatina y sus derivados. 144
2013 Especias, condimentos, salsas, aderezo, vinagre, mayonesa, mostaza, sal para consumo humano. 179
2014 Grasas, aceites, margarinas, emulsiones para untar, emulsiones,minarinas, aliñados grasos, mezclas de aceites, mantecas comestibles. 144
2015 Margarina con vitamina A. 149
2016 Licores: aguardiente, whisky, cognac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, licor anisado, pisco, materias primas como alcoholes, alcohol extraneutro rectificado, alcohol vínico, alcohol de malta, alcohol de cereales, tafias, aguardiente, grapa, cachaza, licores saborizados. 127
Código Concepto SMLDV
2017 Vinos, aperitivos, cócteles, refrescos vínicos. 133
2018 Cervezas 132
2019 Alimentos y bebidas preparados: platos listos para el consumo, arepas, pizzas, pastas con o sin relleno, burritos mexicanos, tacos mexicanos, empanadas, tamales, pasabocas, cereales, granos, tubérculos, hortalizas, ensaladas de frutas, salpicón. 103
2020 Alimentos diversos: huevo en conserva, liofilizados, pasteurizados,levadura, aditivos de uso directo para el consumidor, edulcorantesartificiales, saborizantes artificiales, saborizantes naturales, esencias. 108
CERTIFICADOS DE CALIDAD DE ALIMENTOS
Y BEBIDAS ALCOHOLICAS
Código Concepto SMLDV
2030 Alimentos adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados con vitaminas, minerales, aminoácidos, proteínas, oligoelementos, ácidos grasos y otros; complementos alimenticios en presentaciones farmacéuticas. 132
2031 Leche en polvo: entera, semidescremada y descremada, y/oadicionada y/o fortificada con vitaminas y/o minerales y/u otros. 84
2032 Carne y derivados cárnicos 92
2033 Derivados de frutas: jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpasazucaradas y refrescos, y/o adicionados y/o fortificados con vitaminas y minerales, pulpa y fruta deshidratada. 70
2034 Derivados lácteos 111
2035 Derivados de la pesca (conservas, semiconservas y preparados) 47
2036 Frutas y hortalizas: mermeladas, jaleas, conservas de frutas,bocadillos, encurtidos,verduras, legumbres, raíces, bulbos, tubérculos o rizomas crudos o procesados, oleaginosas. 73
2037 Granos, granulados, cereales, y derivados, harinas y derivados,extruidos o texturizados y pastas alimenticias, crudos o procesados. 83
2038 Alimentos y bebidas dietéticas, hidratantes, carbonatadas, cremas nolácteas. 69
2039 Bebidas estimulantes: café, té, mate, aromática, chocolate, cocoa,tisanas. 57
2040 Gaseosas, refrescos saborizados, cervezas no alcohólicas, aguasenvasadas, helados de agua, hielo para consumo directo, granizados. 72
2041 Azúcares y derivados: azúcar, melazas, productos de confitería, mielde abejas y sus derivados, panela, chocolates y sus sucedáneos,gelatina y sus derivados. 76
2042 Especias, condimentos, salsas, aderezo, vinagre, mayonesa, mostaza,sal para consumo humano. 95
20 43 Grasas, aceites, mezclas de aceites, margarinas, manteca comestible,minarinas, emulsiones para untar (esparcibles), aliñado graso. 60
2044 Margarinas, minarinas y emulsiones para untar con vitaMinas. 65
2045 Licores: aguardiente, whisky, cogñac, brandy, ron, vodka, ginebra, gyn, tequila, licor, cremas, licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados. 43
2046 Vinos, cócteles y aperitivos, refrescos vínicos. 49
2047 Cervezas 48
2048 Envases y empaques 81
2049 Análisis de materias primas, aditivos, otros. 46
2050 Análisis de vitaminas (valor por c/u) 50
2051 Análisis de Micotoxinas (valor por c/u) 38
2052 Análisis de metales por absorción atómica (valor por c/u) 39
2053 Análisis de trazas de metales en horno de grafito por absorción atómica (valor por c/u)30
2054 Análisis varios (colorantes, conservantes, grado alcohólico, Metanol) 34
2055 Análisis de residuos de plaguicidas: o rganofosforados, organoclorados y carbamatos. 160
2056 Análisis microbiológico de alimentos 53
2057 Análisis microbiológicos especiales 30
2058 Análisis microscópico de alimentos. 36
2059 Leche líquida higienizada entera, semidescremada y descremadaadicionada o no con fibra, y/o adicionada y/o fortificada con vitaminas y minerales. 85
2060 Alimentos sustitutos y complementarios de la leche materna. 87
2061 Alimentos infantiles 91
2062 Alimentos y bebidas de imitación o fantasía. 85
2063 Alimentos y bebidas preparados: platos listos para el consumo, arepas, pizzas, pastas con o sin relleno, burritos mexicanos, tacos mexicanos, empanadas, tamales, pasabocas, cereales, granos, tubérculos, hortalizas, ensaladas de frutas, salpicón. 55
2064 Alimentos diversos: huevo en conserva, liofilizados, pasteurizados,levadura, aditivos de uso directo para el consumidor. 60
2065 Materias primas: Alcohol extraneutro o rectificado, alcohol vínico,alcohol de malta, alcohol de cereales, tafias. 53
2066 Análisis de incentivos en contacto con alimentos. 67
2067 Determinación de especie cárnica. 28
REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS DE ASEO, HIGIENE Y LIMPIEZA E INSUMOS PARA LA SALUD Y/O RENOVACIONREGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS DE ASEO, HIGIENE Y LIMPIEZA E INSUMOS PARA LA SALUD
Código Concepto SMLDV
3001 Blanqueadores. 95
3002 Desinfectantes en general. 89
3003 Jeringas desechables. 116
3004 Sondas, catéteres, equipos venoclisis, suturas quirúrgicas, grapas,equipos para diálisis, equipos para transfusión, equipos pericraneales, agujas hipodérmicas, tubos, cánulas, agujas para biopsia, dispositivos intrauterinos sin liberación de espermaticidas, marcapasos, válvulas cárdiacas, válvulas para hidrocefalea e implantes en general, instrumentos y dispositivos para laparoscopia y bolsas de recolección de sangre. 104
3005 Gasas, algodones, apósitos, curas, esparadrapos 114
3006 Plaguicidas 191
3007 Jabones, detergentes sólidos, desmachadores, desen-grasantes engeneral, jabones y detergentes no cosméticos en general,ambientadores y limpia hornos. 75
3008 Detergentes líquidos, limpiavidrios, limpiadores en general, shampoo de alfombras, de muebles de uso doméstico, suavizantes y productos de prelavado y preplanchado. 76
3009 Pa ñales desechables, toallas, protectores sanitarios, tampones,protectores para lactancia y pañitos húmedos. 89
3010 Productos odontológicos 75
3011 Resinas de uso odontológico 76
3012 Polímeros para base de dentadura 74
3013 Alineaciones para amalgamas dentales. 65
3014 Preservativos-condones, guantes de cirugía y guantes de examen. 85
3015 Clasificación sanguínea o sueros 95
3016 Técnica serológica para luers (sífilis) 104
3017 Pruebas diagnósticas. Detección Hbsaag. Hcv 141
3018 Prueba diagnóstica para chagas 118
3019 Pruebas diagnósticas. Detección hivl/hiv2 140
OTROS PROCEDIMIENTOS
Código Concepto SMLDV
4001 Modificación registro sanitario. 7
4002 Certificaciones por producto, autorizaciones y certificado histórico de actualización de la notificación sanitaria. 2
4003 Vistos buenos de importación y exportación. 2
4004 Autorizaciones de publicidad. 2
4005 Copias auténticas del expediente por cada hoja. 0,13
4006 Visitas para certificar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de:establecimientos de medicamentos. 715
4007 Certificados de capacidad de producción técnica para medicamentos. 4
4008 Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para: establecimientos de medicamentos, establecimientos deproductos cosméticos, establecimientos de productos a base derecursos naturales. 14
4009 Certificados de capacidad de existencia de establecimiento de medicamentos.26
4010 Visitas para certificar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de:Establecimientos de productos cosméticos. 736
4011 Visitas para certificar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de:Establecimientos de preparaciones farmacéuticas a base de RecursosNaturales. 736
4012 Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 1: Centroamérica; el Caribe excepto Puerto Rico; Suramérica excepto Brasil, Chile y Argentina. 2036
4013 Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; México; Chile; Brasil; Africa y Puerto Rico. 3300
4014 Visita de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía y Argentina. 4675
4015 Visitas para Renovación de Certificados de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) de: Establecimientos de Medicamentos. 715
4016 Visitas para Renovación de Certificados de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) de: Establecimientos de productos cosméticos 715
4017 Visitas para Renovación de Certificados de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) de: Establecimientos de Preparacionesfarmacéuticas a base de Recursos Naturales. 715
4018 Visitas de Ampliación de líneas de laboratorios certificados:Establecimientos de Medicamentos. 443
4019 Visitas de ampliación de líneas de laboratorios certificados, porsolicitud del interesado: Establecimientos de productos cosméticos,establecimientos de preparaciones farmacéuticas a base de recursosnaturales. 23
4020 Visitas para verificación de requerimientos en capacidad deproducción, por solicitud del interesado de: Establecimientos deproductos a base de recursos naturales, establecimientos de productos cosméticos, establecimientos de productos homeopáticos,establecimientos de preparaciones magistrales, establecimientos deDroga Blanca. 24
4021 Visitas para definir medidas sanitarias, por solicitud del interesado, en: Establecimientos de productos a base de recursos naturales,establecimientos de productos cosméticos, establecimientos deproductos homeopáticos, establecimientos fabricantes de medicamentos, establecimientos de preparaciones magistrales,establecimientos de Droga Blanca, establecimientos que reempacanrecursos naturales en estado bruto. 22
4022 Visitas para certificar capacidad de: Establecimientos de productos a base de recursos naturales, establecimientos de productos cosméticos, establecimientos de productos homeopáticos, establecimientos que acondicionan medicamentos y que no requieren BPM, establecimientos de preparaciones magistrales, establecimientos de Droga Blanca. 27
4023 Expedición de certificados de capacidad para: Establecimientos deproductos a base de recursos naturales, establecimientos de productos cosméticos, establecimientos de productos homeopáticos,establecimientos que acondicionan medicamentos que no requieren de BPM, establecimientos de preparaciones magistrales, establecimientos de Droga Blanca. 11
Visitas para certificar capacidad de producción técnica de:
4024 establecimientos de productos de aseo, higiene y limpieza de usodoméstico; establecimientos de Dispositivos Medico-Quirúrgicos,establecimientos de Insumos odontológicos; establec imientos deproductos para el control de la natalidad (Preservativos masculinos); establecimientos de droga blanca; establecimientos de prótesis y órtesis; establecimientos de insumos para ayuda auditiva y visual; establecimientos de plaguicidas de uso doméstico y losestablecimientos de reactivos de diagnóstico in vitro. 27
4025 Visitas para certificar normas técnicas de fabricación (NTF) paraproductos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico. 230
4026 Visitas para certificar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para dispositivos Medico - Quirúrgicos e insumos odontológicos. 279
4027 Certificado de capacidad de producción técnica para: Establecimientos de productos de aseo, higiene y limpieza de uso domestico; Establecimientos de Dispositivos Médico-Quirúrgicos,Establecimientos de Insumos odontoló-gicos; establecimientos deproductos para el control de la natalidad (Preservativos masculinos); Establecimientos de drogas blancas; Establecimientos de prótesis y órtesis; establecimientos de insumos para ayuda auditiva y visual; establecimientos de plaguicidas de uso doméstico y los establecimientos de reactivos de diagnóstico in vitro. 11
4028 Certificado de Normas técnicas de Fabricación (NTF) de productos de aseo, higiene y limpieza de uso doméstico. 11
4029 Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) paradispositivos médico-quirúrgicos e insumos odontológicos. 14
4030 Verificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en industrias o fábricas de alimentos. 220
4031 Certificación de implementación y funcionamiento del sistema deanálisis de peligros y puntos de control crítico HACCP en la industria de alimentos. 220
4032 Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 1:Centroamérica, el Caribe excepto Puerto Rico, Suramérica exceptoBrasil, Chile y Argentina. 1264
4033 Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 2: EstadosUnidos, Canadá, México, Chile, Brasil, Africa y Puerto Rico. 2117
4034 Visitas de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas deManufactura (BPM) a laboratorios en el Exterior: Zona 3: Europa, Asia, Oceanía y Argentina. 2779
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2003.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
El Director General,
JULIO CÉSAR ALDANA BULA.
La Jefe Oficina Jurídica,
PERLA INÉS LLINÁS ALVAREZ.
El Subdirector de Alimentos y Bebidas Alcohólicas,
JUAN ANTONIO HADAD LEWIS.
La Subdirectora de Licencias y Registros,
GINA MARÍA MEJÍA JIMÉNEZ.
La Subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos,
SUSANA PATRICIA RENDÓN NOREÑA.
La Subdirectora Administrativa,
RITA CONSUELO PÉREZ OTERO.
El Jefe Oficina de Planeación e Informática.
DIEGO LÓPEZ PINTO.
La Subdirectora de Insumos para la Salud y Productos Varios,
GINA PATRICIA BUENDÍA GARCÍA.