RESOLUCIÓN 4422 DE 2014
(julio 25)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
Por medio de la cual se amplía el plazo del proyecto piloto del teletrabajo implementado mediante la Resolución No. 9194 del 11 de octubre de 2013
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar expidió la Resolución No. 9194 de 2013, por medio de la cual se implementó el proyecto piloto de teletrabajo en el ICBF para los servidores públicos, con el propósito de favorecer la armonización entre la vida familiar y laboral de sus trabajadores, así como el mejoramiento de la prestación del servicio que se ofrece a la comunidad.
Que en el artículo cuarto de la Resolución No. 9194 de 2013, se estableció la prueba piloto de la aplicación del Teletrabajo en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, señalando que la misma tendría un término de duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha citada en el numeral 8 del artículo 13 del mismo acto administrativo, esto es desde el día en que se definió la implementación del teletrabajo y se realizó la actividad de divulgación.
Que el proyecto de implementación del teletrabajo se divulgó al interior del Instituto finalizando el mes de octubre de 2013, y a su vez fue suscrito el pacto por el Teletrabajo con el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y el Ministerio de Trabajo, el día 5 de diciembre de 2013.
Que con fundamento en lo anterior el instituto, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos para el proyecto piloto del teletrabajo, expidió progresivamente los actos administrativos particulares de los servidores públicos, autorizados para hacer parte de la implementación del teletrabajo.
Que teniendo en cuenta que la prueba piloto busca obtener los resultados y análisis de recursos necesarios para estudiar la posibilidad de aplicación definitiva del teletrabajo y definir sus políticas al interior del instituto, es preciso ampliar el plazo inicialmente establecido para el desarrollo de la prueba piloto, adecuándolo al tiempo necesario y requerido para su implementación completa, observando en todo caso que no se presenten complicaciones en la prestación del servicio, ni en los rubros destinados para el desarrollo del mismo.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Ampliar el plazo establecido en el artículo cuarto de la Resolución No. 9194 de 2013, para la aplicación de la prueba piloto del teletrabajo hasta el día 30 junio de 2015, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. En consecuencia, comunicar lo pertinente a los Servidores Públicos que fueron autorizados para realizar sus funciones bajo la modalidad del teletrabajo e informar a la ARL lo correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 25 JUL. 2014
GABRIEL VALLEJO LÓPEZ
Director General (E)