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RESOLUCIÓN 2826 DE 2014

(mayo 19)

Diario Oficial No. 49.165 de 28 de mayo de 2014

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

DIRECCIÓN GENERAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 750 de 2015>

Por la cual se modifica la integración del Comité de Aportes en Especie del ICBF.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal b) del artículo 28 de la Ley 7ª de 1979, los artículos 9o y 78 de la Ley 489 de 1998, y 43 del Decreto número 987 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política ordena que la función administrativa esté al servicio de los intereses generales y se desarrolle con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, y mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones;

Que de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7ª de 1979, el patrimonio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar está constituido, entre otros, por: 7. El producto de las donaciones, ayudas o subvenciones que le hagan entidades internacionales, extranjeras, fundaciones o cualesquiera otras personas naturales o jurídicas;

Que para contribuir con sus deberes, la sociedad realiza al ICBF donaciones a favor de los niños, niñas y adolescentes en estado de vulnerabilidad o protección del ICBF;

Que mediante Resolución número 2250 de 2008, la Dirección General creó el Comité para Donaciones del ICBF, siendo modificada su denominación por la de Comité de Aportes en Especie del ICBF, mediante la Resolución número 4674 de 2008, y reestructurado mediante Resolución número 6500 de 2012;

Que en sesión del 20 de febrero de 2014, el Comité de Aportes en Especie recomendó sobre la pertinencia de permitir que el Subdirector General pueda delegar su participación en dicho Comité;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 750 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 6500 de 2012, por la cual se reestructuró el Comité de Aportes en Especie, el cual quedará así:

Artículo 2o. Integración. El Comité de Aportes en Especie estará integrado por:

1. Un representante del Director General, quien lo presidirá.

2. El Subdirector General o su delegado.

3. El Director Administrativo.

4. El Subdirector de Monitoreo y Evaluación.

5. El Jefe de la Oficina de Cooperación y Convenios.

PARÁGRAFO. Salvo la excepción contemplada para el Subdirector General, la participación de los demás integrantes es indelegable.

Concurrirán con voz pero sin voto el Secretario Técnico del Comité y los funcionarios que por su condición jerárquica y funcional deban asistir según el caso concreto que se vaya a tratar.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 750 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 2o de la Resolución número 6500 de 2012.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2014.

El Director General,

MARCO AURELIO ZULUAGA GIRALDO.

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