RESOLUCIÓN 2727 DE 1985
(28 octubre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1830 de 1995>
“Por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y Requisitos mínimos de la Planta de Personal de la Regional Guajira”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
en uso de sus facultades legales y estatutarias,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. 3488 de 1983 se aprobó el Acuerdo 064 de 1983 por el cual se fijó la estructura interna del ICBF y se facultó al Director General para establecer por Resolución la estructura interna de las Regionales;
Que Mediante Resolución No. 3445 de 1983 el Director General fijó la estructura interna de las Regionales la cual fue modificada posteriormente mediante Resolución No.2911 de 1984;
Que mediante Decreto No.147 de 1984 se estableció la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar;
Que en virtud de lo expuesto en el Artículo 17 del Decreto No.157 de 1979 y en el Artículo 3o. del Decreto 2759 de 1979 se requiere expedir el Manual Específico de Funciones y Requisitos mínimos de la Regional GUAJIRA del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, acorde con la nueva Planta de Personal;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1830 de 1995> Establecer el Manual Específico de Funciones y Requisitos mínimos, para los diferentes empleo de la Planta de Personal de la Regional GUAJIRA del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, fijada por Decreto 147 de 1984, así:
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1830 de 1995> El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, mediante Resolución refrendada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, adoptará las modificaciones que sean necesarias para mantener actualizado el Manual que se establece en la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1830 de 1995> La División de Personal será la encargada de adelantar los estudios que permitan actualizar el Manual.
ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 1830 de 1995> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial la Resolución No. 01907 del 27 de agosto de 1981.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. E., a los 28 OCT. 1985
JAIME BENÍTEZ TOBÓN
Director General
SARA INÉS GAVIRIA ARIAS
Secretaria General
ERICINA MEDNOZA SALADEN
Jefe del Departamento Administrativo del
Servicio Civil