RESOLUCIÓN 1400 DE 1998
(18 mayo)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 3460 de 2010>
“Por la cual se crea el Comité de Usuarios del SIG”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR
FAMILIAR,
en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas por el Artículo 39 del Acuerdo No.015 de 1995, aprobado por Decreto No. 2041 de 1995 y,
CONSIDERANDO:
Que desde 1991 se viene adelantando en el Instituto el Proyecto Sistema de Información Gerencial que comprende todos los proyectos y programas institucionales y por lo tanto reviste gran importancia en la ejecución de los mismos.
Que en la etapa de desarrollo en que se encuentra el citado proyecto se hace necesaria la creación de un Comité de Usuarios, con la finalidad de coordinar y hacer seguimiento a la implantación de los diferentes subsistemas que conforman el SIG.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 3460 de 2010> Créase el Comité de Usuarios del SIG, el cual estará integrado así:
- El Secretario General Administrativo
- El Secretario General Técnico
- El Subdirector de Planeación
- El Jefe de la Oficina de Informática
El Comité será presidido por el Secretario General Administrativo y actuará como Secretario el Jefe de la Oficina de Informática. El Comité podrá deliberar con la presencia de por lo menos tres (3) de sus integrantes.
PARÁGRAFO: A las reuniones del Comité asistirán como invitados los Subdirectores, Jefes de Oficina y demás funcionarios que el Comité estime pertinente según el tema a tratar.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 3460 de 2010> El Comité de Usuarios del SIG, tendrá las siguientes funciones:
- Formular planes de seguimiento para que los usuarios del SIG implanten eficaz y ágilmente el uso de los diferentes subsistemas.
- Proponer soluciones para los inconvenientes que se presenten en la aplicación de los subsistemas.
- Rendir informes sobre su gestión a la Dirección General.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 3460 de 2010> El Comité de Usuarios del SIG., se reunirá ordinariamente una vez al mes o extraordinariamente cuando sea convocado por el Secretario General Administrativo.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 3460 de 2010> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a los 18 MAYO 1998
ADELINA COVO DE GUERRERO
Directora General