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RESOLUCION 832 DE 2005

(mayo 16)

<Fuente: Página de internet ICBF>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

<NOTAS DE VIGENCIA: Mediante la Resolución 2669 de 20 de diciembre de 2005, “se aprueba el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad versión 4.0 para el Proceso Administrativo de Protección y Adopciones”>

“Por la cual se aprueba el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad para
el Proceso Administrativo de Protección y Adopciones”


LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

En uso de sus facultades legales y estatutarias y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la Ley 872 de 2003 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ha iniciado la implementación del Sistema de Gestión de la calidad para el Proceso Administrativo de Protección y Adopciones.

Que el Sistema de Gestión de la Calidad establece como uno de sus requisitos, contar con un Manual en el cual se describa la implementación y mantenimiento del Sistema para los procesos objeto de dicha implementación.

Que el Comité Coordinador del Sistema de Control Interno en su sesión de mayo 12 de 2005 recomendó aprobar el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad para el Proceso Administrativo de Protección y Adopciones.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad para el Proceso Administrativo de Protección y Adopciones, el cual hace parte integral de la presente Resolución y consta de ocho (8) capítulos, siete (7) anexos.

PARÁGRAFO. El Manual aprobado mediante la presente Resolución consta de 70 folios útiles.

ARTÍCULO 2o. La Subdirección de Mejoramiento Organizacional coordinará las acciones necesarias para promover la divulgación y aplicación del Manual aprobado mediante la presente Resolución.

 
ARTÍCULO 2o. (sic) Las modificaciones al Manual serán aprobadas por el representante de la Dirección ante el Sistema de Gestión de Gestión de la Calidad, previa revisión de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.

 
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 16 MAYO 2005.

BEATRÍZ LONDOÑO SOTO

Directora General

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