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RESOLUCION ORGANICA 1 DE 2005

(enero 3)

Diario Oficial 45.788 de 11 de enero de 2005

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 16 de 2005>

Por la cual se modifica el artículo 5o de la Resolución Orgánica 008 de 2004.

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

 en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las contenidas en los artículos 2o, 17, 23, 24 y 32 del Decreto-ley 272 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Orgánica 008 de 2004 la Auditora General de la República, en ejercicio de la facultad señalada en el numeral 2 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, prescribió la forma y términos para la rendición y revisión de cuentas y para el efecto asignó competencias a las diferentes dependencias de la Auditoría General de la República;

Que el parágrafo del artículo 10 de la citada resolución prescribe: "La Dirección de Control Fiscal realizará la revisión y pronunciamiento sobre la cuenta presentada por el Contralor General de la República y el Contralor de Bogotá, D. C., y suscribirá los requerimientos e informes respectivos";

Que siendo la Dirección de Control Fiscal la dependencia competente para la revisión de la cuenta de la Contraloría General de la República y de la Contraloría de Bogotá, D. C., es esta la dependencia ante quien el Contralor General de la República y el Contralor de Bogotá, D. C., deben rendir la cuenta.

Que en consecuencia debe aclararse lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 5o de la Resolución Orgánica 008 de 2004;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 16 de 2005> Modificar el inciso segundo del artículo 5o de la Resolución Orgánica 008 de 17 de diciembre 2004, el cual quedará así:

El Contralor General de la República y el Contralor de Bogotá, D. C., deberán rendir la cuenta ante el Director de Control Fiscal de la Auditoría General de la República.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de enero de 2005.

La Auditora General de la República,

Clara Eugenia López Obregón.

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