DECRETO 1203 DE 1989
(junio 8)
Diario Oficial No. 38.849, del 10 de junio de 1989
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Por el cual se reglamentan los artículos 133 y 134 del Decreto extraordinario
501 de 1989.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de la potestad
reglamentaria de que trata el ordinal 3 del artículo 120 de la Constitución
Política, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Decreto extraordinario 501 de 1989 se reorganizó el Ministerio de Agricultura y sus entidades adscritas y vinculadas y, específicamente, en sus artículos 133 y 134 se redefinieron el objetivo y funciones del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -INDERENA-;
Que habiendo sido expedido dicho Decreto, en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 37 de la Ley 30 de 1988, que se referían exclusivamente a la modificación de la estructura del Ministerio de Agricultura y sus entidades adscritas o vinculadas, con excepción de las de carácter financiero es preciso aclarar que sus disposiciones y en particular, las relativas al Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -INDERENA-, no alteraron la competencia legalmente atribuida a las Corporaciones Autónomas Regionales adscritas al Departamento Nacional de Planeación,
DECRETA:
ARTICULO 1o. El Objetivo y funciones del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente -INDERENA-, de que tratan los artículos 133 y 134 del Decreto extraordinario 501 de 1989, se entienden sin perjuicio de las funciones legalmente atribuidas, hasta la fecha de vigencia de dicho Decreto, a las Corporaciones Autónomas Regionales en materia de administración, conservación y manejo de los recursos naturales renovables y del medio ambiente dentro de los territorios de sus respectivas jurisdicciones, que ellas conservan plenamente.
ARTICULO 2o. El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.E., a los 8 días de junio de 1989.
VIRGILIO BARCO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA
GABRIEL ROSAS VEGA
EL JEFE DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
MARIA MERCEDES DE MARTINEZ