DECRETO 034 DE 1999
(enero 8)
Diario Oficial No. 43.476, del 14 de enero de 1999
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010. La derogatoria debe entenderse una vez entre en vigencia el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10>
Por medio del cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 33 de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
en especial las que le confieren el artículo 189, númeral 11
de la Constitución Política y la Ley 400 de 1997;
DECRETA:
ARTICULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010>
EL TEXTO COMPLETO DE ESTE DECRETO DEBE CONSULTARSE EN EL DIARIO OFICIAL No. 43.476 DEL 14 DE ENERO DE 1999, DEBIDO A LAS CARACTERISTICAS GRAFICAS DE SU PUBLICACION OFICIAL.
ARTICULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010> El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de enero de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro del Interior,
NESTOR HUMBERTO MARTINEZ NEIRA.
El Ministro de Desarrollo Económico,
FERNANDO ARAUJO PERDOMO.