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DECRETO 034 DE 1999

(enero 8)

Diario Oficial No. 43.476, del 14 de enero de 1999

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010. La derogatoria debe entenderse una vez entre en vigencia el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10>

Por medio del cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 33 de 1998.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,

en especial las que le confieren el artículo 189, númeral 11

de la Constitución Política y la Ley 400 de 1997;

DECRETA:

ARTICULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010>

EL TEXTO COMPLETO DE ESTE DECRETO DEBE CONSULTARSE EN EL DIARIO OFICIAL No. 43.476 DEL 14 DE ENERO DE 1999, DEBIDO A LAS CARACTERISTICAS GRAFICAS DE SU PUBLICACION OFICIAL.

ARTICULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 926 de 2010> El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de enero de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

NESTOR HUMBERTO MARTINEZ NEIRA.

El Ministro de Desarrollo Económico,

FERNANDO ARAUJO PERDOMO.

      

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