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CIRCULAR EXTERNA 25 DE 2007

(julio 24)

Diario Oficial No. 46.705 de 30 de julio de 2007

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO


Señores:

Usuarios y funcionarios Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Asunto:Resolución 001719 de 2007. Suspensión de importación de animales y productos susceptibles de transmitir o vehiculizar fiebre aftosa.

Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, expidió la Resolución número 01719 del 3 de julio de 2007, mediante la cual suspende, por un término de seis (6) meses, la importación a Colombia de animales susceptibles y productos de riesgo capaces de transmitir o vehiculizar el virus de fiebre aftosa, procedentes de Venezuela.

Igualmente señala que los trámites radicados ante el ICA, así como los Documentos Zoosanitarios de Importación que no hayan sido utilizados a la fecha de publicación de la citada resolución, quedarán suspendidos por el mismo término, es decir, seis meses.

Adicionalmente establece en el parágrafo 1o del artículo 2o que para las especies animales susceptibles y los productos de riesgo, que se encuentran en tránsito, se ordenará el reembarque.

La Resolución 01719 del 3 de julio de 2007 comenzó a regir a partir del 5 de julio de 2007, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 46.680

Cordialmente,

El Director de Comercio Exterior,

RAFAEL ANTONIO TORRES MARTÍN.

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