Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 24 DE 2012

(mayo 11)

Diario Oficial No. 48.434 de 18 de mayo de 2012

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada "por transitoriedad" por la Circular 1 de 2021>

24210

Para:USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
De:DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR
Asunto:IMPORTACIÓN DE ARROZ PADDY PROVENIENTE DE LA COMUNIDAD ANDINA
Fecha:Bogotá, D. C., 11 de mayo de 2012

Para su conocimiento y fines pertinentes, de manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural autorizó el ingreso de 35.000 toneladas de arroz paddy o su equivalente en arroz blanco, clasificados por las subpartidas arancelarias 1006.10.90.00 y 1006.30.00.90, proveniente de los países miembros de la Comunidad Andina - CAN.

Los importadores autorizados por la Dirección de Comercio y Financiamiento del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural deberán realizar el trámite de la solicitud del registro de importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, indicando en la casilla 28 “Solicitar Visto Bueno a Entidad” y seleccionando el código 27 que corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Cordial saludo,

LUIS FERNANDO FUENTES IBARRA.

CONTINGENTE DE IMPORTACIÓN DE ARROZ PADDY PROVENIENTE DE LOS PAÍSES DE LA COMUNIDAD ANDINA 2012.

I. Parámetros

1. Volumen del Contingente: 35.000 toneladas de arroz paddy o su equivalente en arroz blanco.

2. Subpartida arancelaria: 1006.10.90.00 y/o 1006.30.00.90.

3. Origen: Países Miembros Comunidad Andina - CAN

4. Distribución del contingente: Será distribuido de la siguiente manera:

Zona de ProducciónVolumen a importar

(Toneladas de paddy seco)*
Distribución
 ProcesadorComerciantes
 Volumen%Volumen%
Todas excepto Costa Atlántica30.00028.500951.5005
Costa Atlántica5.0005.000100 
Total35.00033.5001.500

* El índice de transformación de paddy seco a arroz blanco, será de 65%.

5. Periodo de ingreso: A partir de la expedición del documento fitosanitario hasta el 15 de junio de 2012.

6. Vía de ingreso: El ingreso del contingente debe realizarse vía marítima.

7. Autorización cupo de importación: A través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE: www.vuce.gov.co

II. Adjudicación

La adjudicación del contingente se realizará de acuerdo con los siguientes parámetros:

Procesadores: Se adjudicará a prorrata de acuerdo con la participación en el volumen adquirido de producción nacional, que sea certificado por parte del Fondo Nacional del Arroz, por concepto de cuota de fomento arrocero para el año 2011 en términos de toneladas.

Comerciantes: A prorrata de acuerdo con las solicitudes presentadas.

Es importante tener en cuenta:

– Cuando un procesador haya solicitado una cantidad inferior a la máxima que le corresponde, la cantidad excedente se distribuirá a prorrata entre los demás interesados.

– Ningún importador podrá solicitar un cupo que supere el porcentaje a distribuir que se ha definido para cada uno de los grupos.

– Ningún importador podrá participar en los tres contingentes simultáneamente.

III. Requisitos

Participarán en el presente contingente de arroz, los solicitantes que se inscriban ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Presentar una solicitud de importación, mediante comunicación escrita, dirigida a la Dirección de Comercio r Financiamiento del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en donde se indique:

– Cantidad solicitada en términos de arroz paddy seco.

– Subpartida arancelaria.

– País de origen.

– Contingente al que aplican.

– Número de folios.

2. Las personas jurídicas adjuntarán el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido con una anterioridad no mayor a treinta días calendario.

3. Las personas naturales deberán anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía y matrícula mercantil, esta última expedida con vigencia no mayor a treinta (30) días calendario, del día en que se presenta la solicitud.

4. Anexar Registro Único Tributario (RUT)

5. Los procesadores de arroz, interesados en participar en la asignación del cupo establecido, deberán anexar certificación expedida por el Fondo Nacional del Arroz, en el que conste:

– Toneladas compradas en el año 2011.

– La calidad de procesador de arroz.

– No se encuentra en mora en el pago de la contribución parafiscal a diciembre 31 de 2011.

IV. Términos

1. Inscripción de participantes: Se deberá presentar la solicitud entre el 30 de abril y el 8 de mayo de 2012 en la Oficina de Correspondencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ubicada en la Carrera 8 No 12B-31, Piso 5o, Edificio Bancol. Horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

2. Publicación listado: El 11 de mayo de 2012 se publicará el listado de asignación del contingente de importación en la página web del Ministerio www.minagricultura.gov.co.

3. Los beneficiarios del contingente de importación deberán solicitar el certificado fitosanitario ante el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, entre el 11 de mayo y el 8 de junio de 2012. Todo certificado expedido para esta importación vence el 15 de junio de 2012.

×