CIRCULAR 7 DE 2011
(febrero 25)
Diario Oficial No. 48.004 de 7 de marzo de 2011
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
DIRECCIÓN DE COMERCIO EXTERIOR
<NOTA DE VIGENCIA: Circular sustituida por la Circular 50 de 2012>
Para: | USUARIOS Y FUNCIONARIOS MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO |
De: | DIRECTOR DE COMERCIO EXTERIOR |
Asunto: | IMPORTACIÓN DE REACTIVOS - INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS – INVIMA |
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - Invima, con base en lo establecido por el Decreto 3770 de 2004, ha definido que los únicos reactivos a los cuales se les exige visto bueno de importación sanitario por parte de dicha entidad son los siguientes:
-- Reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano.
-- Reactivos utilizados en estudios clínicos.
Como consecuencia de lo anterior y por solicitud de la mencionada entidad, se hace necesario modificar la Circular Externa 0075 del 29 de diciembre de 2006, expedida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima- y por la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, respecto a la medida de control tal y como se precisa en el siguiente cuadro:
Subpartida Arancelaria | Descripción | Control | Nota Marginal |
3821000000 | Medios de cultivos preparados para el desarrollo de microorganismos. | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos. |
3822003000 | Materiales de referencia certificados | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos |
3822009000 | Reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre cualquier soporte y reactivos de diagnóstico o de laboratorio preparados, incluso sobre soporte excepto los de las partidas 3002 o 3006. | RS o VB | RS aplica únicamente para reactivos de diagnóstico para exámenes de especímenes de origen humano y VB aplica para reactivos utilizados en estudios clínicos |
Circular Externa 075 del 29 de diciembre de 2006.
Cordial saludo,
LUIS FERNANDO FUENTES IBARRA.