CIRCULAR 9 DE 2020
(septiembre 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
Para: | Aspirantes procesos meritocráticos, públicos y abiertos para la conformación de las listas de elegibles mediante las cuales se seleccionarán las ternas para los cargos de Director Regional |
Asunto: | Reanudación cronogramas procesos meritocráticos-provisión de empleos de libre nombramiento y remoción, Director Regional ICBF. |
Como es de público conocimiento, mediante la Circular 005 de 2020, el Instituto tomo la medida transitoria de suspender los procesos meritocráticos teniendo en cuenta la Emergencia Sanitaria por causa del nuevo coronavirus COVID-19 y la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el país. En relación con lo anterior, el ICBF se permite informar lo siguiente:
Considerando las distintas disposiciones emitidas por el Gobierno Nacional, relacionadas con la reactivación paulatina de las actividades cotidianas –aplicando los respectivos Protocolos de Bioseguridad–, dentro de las que se encuentran:
- El Decreto 1168 del 25 de agosto de 2020, mediante el cual el Gobierno Nacional modificó el aislamiento preventivo obligatorio decretado desde el mes de marzo por una nueva fase de asilamiento selectivo y distanciamiento individual responsable, que entró en vigencia a partir del 1 de septiembre de 2020.
- La Directiva Presidencial 7 del 27 de agosto de 2020, mediante la cual se exhorta a las entidades públicas del orden nacional a retornar de forma gradual y progresiva al trabajo presencial a partir del mes de septiembre.
- Reactivación parcial del transporte aéreo nacional, aplicando las disposiciones de la Resolución 1054 del 27 de junio de 2020, “Por la cual se dicta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del Coronavirus- COVID-19 en los sectores aeroportuario y aeronáutico del territorio nacional, exclusivamente para el transporte doméstico de personas por vía aérea”.
Si se tiene en cuenta la normativa anteriormente expuesta, se infiere que están dadas las condiciones necesarias para la reactivación del cronograma de las convocatorias No. BF/20-001, BF/20-002, BF/20-003, BF/20-004, BF/20-006, BF/20-007, BF/20-008, BF/20-009, BF/20-010, BF/20-011, BF/20-012 y BF/20-013, para la provisión de los empleos de libre nombramiento y remoción de Director Regional del ICBF en los departamentos de: Bolívar, Boyacá, Casanare, Cauca, Cundinamarca, La Guajira, Magdalena, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y Tolima, de la siguiente forma:
Grupo 1: BF/20-001 Bolívar, BF/20-004 Cauca, BF/20-007 La Guajira, BF/20-008 Magdalena, BF/20-010 Quindío y BF/20-011 Risaralda.
Grupo 2: BF/20-002 Boyacá, BF/20-006 Cundinamarca, BF/20-009 Norte de Santander, BF/20- 003 Casanare, BF/20-013 Tolima y BF/20-012 San Andrés
ETAPAS | FECHA |
Publicación Lista de Admitidos y No Admitidos | 6 de octubre de 2020 |
Aplicación Prueba de Conocimientos | Grupo 1: 16 de octubre de 2020 |
Grupo 2: 23 de octubre de 2020 | |
Publicación Resultados Prueba de Conocimientos | Grupo 1: 27 de octubre de 2020 |
Grupo 2: 3 de noviembre de 2020 |
Las demás condiciones de cada una de las convocatorias quedan sin modificación alguna.
Cordialmente,
LINA MARÍA ARBELÁEZ ARBELÁEZ
Directora General