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ACUERDO 54 DE 1969

Septiembre 25

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR


en uso de sus facultades legales y estatutarias


ACUERDA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Director General para conceder directamente auxilios, en especie o en dinero, a las entidades de derecho público o privado dedicadas principal o exclusivamente a programas de bienestar social del menor y de la familia, mientras la cuantía de tales auxilios no exceda de $ 100.000.00.

 
Dado en Bogotá, D. E. a los 25 SET. 1969


LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DIRECTIVA

EL SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA

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