ACUERDO 21 DE 1976
Mayo 3
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
“Por el cual se reconoce el Subsidio de Alimentación al personal de los Establecimientos de Menores de la Planta del ICBF”
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el personal que presta sus servicios en los Establecimientos de Menores, labora en ornada continua;
Que dicho personal por razón de sus funciones asiste a las horas de las principales comidas que reciben los menores albergados;
Que como justo reconocimiento por el desempeño de esta labor, el Instituto asume totalmente el costo que demande el subsidio de alimentación para el citado personal,
ACUERDA:
ARTÍCULO UNICO. Exonerar del pago a los empleados de las Instituciones de Menores que por necesidades del servicio dentro de su jornada deben tomar sus alimentos dentro de ella.
PARÁGRAFO.- Esta novedad surte efectos fiscales a partir de la fecha.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D. E., a los
LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DIRECTIVA
LA SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA