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Si mi hijo cumplió 18 años y tiene discapacidad mental, ¿Qué debo hacer para que el padre le siga dando la cuota alimentaria?
Si se trata de una persona con discapacidad mental absoluta, al cumplir los 18 años podrá promoverse el proceso de interdicción a su favor, para que siga recibiendo de parte de su(s) padre(s) la cuota alimentaria.
Si se trata de una persona con discapacidad mental diferente a la absoluta, al cumplir los 18 años, su condición deberá ser comprobada mediante los procesos civiles y judiciales que se necesiten, para hacer efectiva la continuidad de la cuota alimentaria sin que por esta decisión la persona continúe bajo patria potestad o pierda sus derechos civiles mediante la interdicción.
¿Las opciones no responden a su necesidad de información? Permítanos ayudarle, por favor haga clic en la siguiente opción para comunicarse con un asesor que lo guíe respecto a su consulta:
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