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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Tipo de Notificación

Ubicación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación Proceso 1653 2011 General

Diego Ferney Obando, C.C. 16.402.499


Auto No. 17 del 31 de octubre de 2016, por medio de la cual se dispone la Liquidación del Crédito, mediante la siguiente publicación se corre traslado al deudor por el término de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, término dentro del cual usted podrá formular las objeciones relativas a la liquidación, y de ser así aportar las pruebas que pretenda hacer valer. Artículo 446 de la ley 1564 de 2012.
Miércoles, Noviembre 30, 2016 - 15:00 Regional Valle