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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO de 28 de julio de 2021 "Por medio del cual se aprueba liquidación del crédito de la obligación en referencia de Proceso de Cobro de Jurisdicción Coactiva N°013-2019 en contra de EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 013-2019, entablado en contra del señor EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841 y determinado mediante auto de fecha 28 de julio de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($ 800.835) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Agosto 18, 2021 - 09:15 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE JULIO DE 2021 " POR MEDIO DEL CUAL APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2021-006, en contra de EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES" Deja en Firme Liquidación

EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 006-2021, entablado en contra del señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132 y determinado mediante auto de fecha 25 de junio de 2021, por valor total de SETECIENTOS CATORCE MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($714.096) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Agosto 6, 2021 - 14:50 Regional Nariño
AUTO DE 21 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-004 EN CONTRA DE JHON FREDY CURAN CUARAN" Deja en Firme Liquidación

JHON FREDY CURAN CUARAN


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 004-2021, entablado en contra del JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, y determinado mediante auto de fecha 01 de julio de 2021, por valor total de SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS MDA/CTE ($724.608). ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Agosto 6, 2021 - 14:45 Regional Nariño
AUTO DE 18 DE FEBRERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2020-025, en contra de ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO" Deja en Firme Liquidación

ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 025-2020, entablado en contra de la señora ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741 y determinado mediante auto de fecha 09 de noviembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA PESOS ($789.380) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada, ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Marzo 4, 2021 - 10:42 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-014 EN CONTRA DE RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES" Deja en Firme Liquidación

RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 014-2020, entablado en contra del señor RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683 y determinado mediante auto de fecha 09 de noviembre de 2020, por valor total de CUTROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($448.635) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 24, 2021 - 09:43 Regional Nariño
AUTO DE 29 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2020-017, en contra de DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ" Deja en Firme Liquidación

DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 017-2020, entablado en contra del señor DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311 y determinado mediante auto de fecha 04 de enero de 2021, por valor total de OCHOIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS ($801.473) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 15:45 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-023 EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES" Deja en Firme Liquidación

NILVIO SALAZAR GOYES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor NIKLVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:24 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-005 EN CONTRA DE ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES" Deja en Firme Liquidación

ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificada con NIT. 800.073.748-5 y determinado mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2020, por valor total de CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS ($150.316) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ASOCIACION DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificado con NIT. 800.073.748-5, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:16 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2020-003 EN CONTRA DE ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2020, entablado en contra del señor ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS ($858.060) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:13 Regional Nariño
AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" Deja en Firme Liquidación

PAULO ELISEO ROMO CASTILLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Febrero 5, 2021 - 10:51 Regional Nariño
AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" Deja en Firme Liquidación

PAULO ELISEO ROMO CASTILLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Febrero 5, 2021 - 10:51 Regional Nariño
AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2020-013, en contra de ANGEL MARIA MARTINEZ MARTINEZ" Deja en Firme Liquidación

ANGEL MARIA MARTINEZ MARTINEZ


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 013-2020, entablado en contra del señor ANGEL MARIA MARTINEZ MARTINEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.026.546 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($442.635) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ANEL MARIA MARTINEZ MARTINEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.026.546, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Martes, Enero 26, 2021 - 16:06 Regional Nariño
AUTO DE 14 DE DICIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2018-038, en contra de OLMEDO FABIO MORA" Deja en Firme Liquidación

OLMEDO FABIO MORA


ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 038-2018, entablado en contra del señor OLMEDO FABIO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 97.435.220 y determinado mediante auto de fecha 24 de marzo de 2020, por valor total de NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS ($964.753) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, OLMEDO FABIO MORA, identificado con cédula de ciudadanía No. 97.435.220, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Enero 20, 2021 - 09:45 Regional Nariño
AUTO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2019-011, en contra de ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO" Deja en Firme Liquidación

ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO


ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 011-2019, entablado en contra del señor ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085. 924.192 y determinado mediante auto de fecha 28 de julio de 2020, por valor total de PESOS ($824.805) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada ESTIVEN ADRIAN RAMIREZ PATIÑO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.924.192, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Enero 20, 2021 - 09:26 Regional Nariño
AUTO DE 14 DE DICIEMBRE DE 2020 " POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2018-033, en contra de CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ" Deja en Firme Liquidación

CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ


ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 033-2018, entablado en contra del señor CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.338.831 y determinado mediante auto de fecha 24 de marzo de 2020, por valor total de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS ($486.056) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.338.831, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Enero 20, 2021 - 09:21 Regional Nariño
AUTO DE 23 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-024 EN CONTRA DE MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA" Deja en Firme Liquidación

MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA


ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 024-2020, entablado en contra del señor MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.977.553 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, MIGUEL EDUARDO BENAVIDES CORDOBA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.977.553, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Enero 20, 2021 - 09:00 Regional Nariño