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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCION No. 002-2024 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESOS NO. 012-2023 SEGUIDO EN CONTRA DE LUCY LILIANA PASAJE ECHEVERRY" Orden de Ejecución

LUCY LILIANA PASAJE ECHEVERRY CC No. 1.084.226.280


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 012 - 2023 seguido contra de la señora LUCY LILIANA PASAJE ECHEVERRY, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.084.226.280, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 012 - 2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR a la señora LUCY LILIANA PASAJE ECHEVERRY, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.084.226.280 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Lunes, Enero 15, 2024 - 15:57 Regional Nariño
RESOLUCION No. 077-2023 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 008-2023 SEGUIDO EN CONTRA DE JOHANA FERNANDA LUNA RUANO" Orden de Ejecución

JOHANA FERNANDA LUNA RUANO CC No. 1.085.303.916


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 008-2023 seguido contra de la señora JOHANA FERNANDA LUNA RUANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.303.916, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 008 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR a la señora JOHANA FERNANDA LUNA RUANO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.303.916 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Noviembre 2, 2023 - 17:37 Regional Nariño
RESOLUCION No. 073-2023"POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 010-2023" Orden de Ejecución

YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ CC No. 1.088.976.686


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESULEVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 010-2023 seguido contra del señor YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS ($393.343)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR a la ejecutada al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 010 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Octubre 12, 2023 - 16:37 Regional Nariño
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 068-2023 2POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 006-2023 SEGUIDO EN CONTRA DE JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA" Orden de Ejecución

JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA CC No. 1.085.244.897


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 006 - 2023 seguido contra de la señora JNETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 006 - 2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:24 Regional Nariño
RESOLUCION No. 068-2023 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 006 - 2023 SEGUIDO EN CONTRA DE JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA Orden de Ejecución

JANETH DEK CARMEN JOJOA JOSA CC No. 1.085.244.897


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 006 - 2023 seguido contra de la señora JNETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 006 - 2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Viernes, Septiembre 22, 2023 - 15:50 Regional Nariño
RESOLUCION No. 052 -2023 " POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO No. 2023 - 003 SEGUID EN CONTRA DE IVAN FERNAND CAEZ MRENO Orden de Ejecución

IVAN FERNANDO CAEZ MORENO CC No. 1.086.224.716


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 2023-002 seguido contra del señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-003. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor IVAN FERNANDO CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.224.716 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Lunes, Agosto 14, 2023 - 12:33 Regional Nariño
RESOLUCION No. 053 - 2023 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION DE PROCESO N. 2023 - 004 SEGUIDO EN CONTRA DE FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO" Orden de Ejecución

FABIO ALEXANDER CAEZ MORNO


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 2023-002 seguido contra del señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-004. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Lunes, Agosto 14, 2023 - 11:08 Regional Nariño
RESOLUCION No. 053 - 2023 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR CON LA EJECUCION DE PROCESO N. 2023 - 004 SEGUIDO EN CONTRA DE FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO" Orden de Ejecución

FABIO ALEXANDER CAEZ MORNO


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 2023-002 seguido contra del señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978, por la suma de OCHOCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($808.498)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-004. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor FABIO ALEXANDER CAEZ MORENO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.087.959.978 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Lunes, Agosto 14, 2023 - 11:08 Regional Nariño
RESOLUCION Nro 057-2023 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 2023-005 SEGUIDO EN CONTRA DE JORGE ARMANDO ROSERO MEZA Orden de Ejecución

JORGE ARMANDO ROSERO MEZA CC No. 87.532.964


La funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley 1066 de 2006, articulos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolucion 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Direccion General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolucion 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF" y la Resolucion 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecu5tora de la Regional Nariño a una Servidora Publica, y RESUELVE. ARTICULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecucion del proceso Nro. 2023-005 seguido contra el señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cedula de ciudadania No. 87.532.964, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687) MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, mas los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolucion. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidacion del credito de la obligacion adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administracion dentro del proceso No. 2023-005 ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR al señor JORGE ARMANDO ROSERO MEZA, identificado con cedula de ciudadania No. 87.532.964 de la presente Resolucion de conformidad con lo dispuesto en el articulo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, segun lo dispuesto en los articulos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Julio 6, 2023 - 16:00 Regional Nariño
RESOLUCION Nro. 049- 2022 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 002-2023 SEGUIDO EN CONTRA DE HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO Orden de Ejecución

HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO CC No. 1.088.974.262


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 2023-002 seguido contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 2023-002.
Martes, Mayo 9, 2023 - 16:03 Regional Nariño
RESOLUCION Nro. 025-2022 POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 007-2022 SEGUIDO EN CONTRA DE Oscar Bolivar Moreano Nastacuaz C.C 87.711.179 Orden de Ejecución

Oscar Bolivar Moreano Nastacuaz C.C 87.711.179


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor Oscar Bolivar Moreano Nastacuaz, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.711.179, por concepto de costas liquidadas por la secretaria del Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Puerto asís- Putumayo, el dia 24 de diciembre de 2021 y aprobadas mediante auto interlocutorio del 22 de marzo de 2022. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Miércoles, Febrero 22, 2023 - 15:14 Regional Nariño
RESOLUCION Nro. 069-2022"POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 006-2021 SEGUIDO EN CONTRA DE CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO CC No. 12.748.326" Orden de Ejecución

CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO CC No. 12.748.326


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF” y la, y la Resolución 1287 del nueve (09) de diciembre de 2022, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.748.326, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de fecha 26 de mayo de 2022, proferida por el Juzgado Sexto de Familia del Circuito Judicial de Pasto-Nariño, dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 520013110006-2021-00099. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar al señor CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.748.326, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Miércoles, Diciembre 21, 2022 - 14:27 Regional Nariño
RESOLUCION Nro. 051- 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO DE COBRO POR JURISDICCIÓN COACTIVA No. 003-2022 SEGUIDO EN CONTRA DE LA ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO NIT No. 800.099.076-7" Orden de Ejecución

ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO NIT No. 800.099.076-7


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.076-7, por concepto de la obligación contenida en la Resolución No. 00388 del 23 de febrero de 2022, emitida por la Dirección del ICBF Regional Nariño. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso.
Martes, Noviembre 22, 2022 - 16:13 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°039 DE 2022 POR MEDO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2022-002 EN CONTRA DE MARIA ELENA CARATAR Y OTROS Orden de Ejecución Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°2021-011 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-011, SEGUIDO EN CONTRA DE ANGIE LIZETH FLOREZ ERAZO" Orden de Ejecución

ANGIE LIZETH FLOREZ ERAZO


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora ANGIE LIZETH FLOREZ ERAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.004.666.631, por concepto de la obligación contenida en la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Familia del Circuito Judicial de Pasto dentro del proceso de Filiación Extramatrimonial No. 2019-0231, el día 22 de junio de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora ANGIE LIZETH FLOREZ ERAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.004.666.631, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Miércoles, Mayo 11, 2022 - 15:48 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°016 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-019 EN CONTRA DE CLAUDIA XIMENA MUÑOZ MUÑOZ" Orden de Ejecución

CLAUDIA XIMENA MUÑOZ MUÑOZ


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora CLAUDIA XIMENA MUÑOZ MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.282.176, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Mayo 5, 2022 - 17:32 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°018 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-021 EN CONTRA DE GLORIA ANGELITA CERON BRAVO" Orden de Ejecución

GLORIA ANGELITA CERON BRAVO


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora GLORIA ANGELITA CERON BRAVO, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.277.070, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora GLORIA ANGELITA CERON BRAVO, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.277.070, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 5, 2022 - 17:02 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°017 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-020 EN CONTRA DE ALICIA MUÑOZ CERON" Orden de Ejecución

ALICIA MUÑOZ CERON


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora ALICIA MUÑOZ CERON, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.276.505, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Mayo 5, 2022 - 16:57 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°014 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-016 EN CONTRA DE MARICELL ORDOÑEZ CERÓN" Orden de Ejecución

MARICELL ORDOÑEZ CERON


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora MARICELL ORDOÑEZ CERON, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.004.710.561 por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora MARICELL ORDOÑEZ CERON, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.004.710.561, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 5, 2022 - 16:52 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°013 DE 2022 "POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CO LA EJECUCIÓN DL PROCESO N°2021-015 EN CONTRA DE MILLER AMPARO ERAZO" Orden de Ejecución

MILLER AMPARO ERAZO ERAZO


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora MILLER AMPARO ERAZO ERAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.980.248, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora MILLER AMPARO ERAZO ERAZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 36.980.248, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 5, 2022 - 16:43 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°012 DE 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2021-014 EN CONTRA DE VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ" Orden de Ejecución

VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.851, por concepto de costas liquidadas por la Secretaría del Juzgado Promiscuo del Circuito la Cruz Nariño y aprobadas mediante auto del 17 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso ARTICULO CUARTO: Realizar la liquidación del crédito y costas del proceso al ejecutado, previa tasación. ARTÍCULO QUINTO: Notificar a la señora VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.851, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 5, 2022 - 16:35 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°047 de 18 de mayo de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-003, SEGUIDO EN CONTRA DE OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS" Orden de Ejecución

OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Julio 15, 2021 - 11:21 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°047 de 18 de mayo de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-003, SEGUIDO EN CONTRA DE OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS" Orden de Ejecución

OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Julio 15, 2021 - 11:21 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°046 de 18 de mayo de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-002, SEGUIDO EN CONTRA DE HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ" Orden de Ejecución

HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 27.297.350, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Julio 15, 2021 - 11:15 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 045 de 18 de mayo de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELNATE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-001, seguido en contra de DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS" Orden de Ejecución

DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS"


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Julio 15, 2021 - 11:13 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N° 045 de 18 de mayo de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELNATE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-001, seguido en contra de DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS" Orden de Ejecución

DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS"


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, por concepto de la obligación contenida en la Sentencia de investigación de paternidad No. 2018-00023-00, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Jueves, Julio 15, 2021 - 11:13 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°049 DE 25 DE MAYO DE 2021 " POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO 2021-003, en contra de EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES" Orden de Ejecución

EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 4986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra del señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, por concepto de la obligación contenida en el Acta de Compromiso para pago prueba ADN, celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal de Ipiales, el día 07 de diciembre de 2018. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Miércoles, Junio 16, 2021 - 15:23 Regional Nariño