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Trámites
 

Primera infancia (menores de 6 años)

Letra canción Primera Infancia

Mis primeros años, son los 6 primeros, los más importantes para crecer,
Porque tú me quieres, porque yo te quiero,
siempre ten en cuenta lo que hay que hacer…
Abrazar, sonreír y besar y jugar, demostrarme tu amor y ser feliz,
Escuchar, tolerar, proteger, enseñar, el mejor comienzo para ser feliz…

 

Solicitud de Ingreso para un Hogar Comunitario de Bienestar 0-7

Solicitud ingreso para un Hogar Comunitario FAMI

Solicitud de ingreso para un Hogar Comunitario de Bienestar Empresarial

Solicitud de cupo para el ingreso de un niño o niña a un Hogar Infantil

Solicitud para crear un Hogar Comunitario de Bienestar

Solicitud para ser Padre o Madre Comunitario en un Hogar FAMI

Solicitud para crear un Hogar Infantil


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Solicitud de Ingreso para un Hogar Comunitario de Bienestar 0-7

Tipo de Trámite: Inscripción

En qué Consiste: Obtener un cupo para un Hogar Comunitario de Bienestar para: 1. Niños menores de seis años de edad, con vulnerabilidad económica, pertenecientes a los niveles 1 y 2 del SISBEN y menores de grupos étnicos. 2. Niños vulnerados social, cultural, nutricional y psicoafectivamente, en los municipios donde no funciona el grado de transición y/o grado cero de la Secretaría de Educación. 3. Niños menores de 6 años en condiciones de desplazamiento. Niños y niñas menores de 6 años en situación de vulnerabilidad económica, social, cultural, nutricional y psicoafectiva; que no han ingresado al grado cero de educación básica primaria.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, En el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada de Lunes a Viernes en el horario establecido por el Centro Zonal correspondiente. (Ver directorio de Ubicaciones) 2. En el Hogar Comunitario donde desea obtener el cupo de acuerdo con el horario de atención establecido por el Hogar. 3, Ante la Junta Directiva (si conoce la ubicación) de la Asociación de Padres a la que pertenece el Hogar Comunitario.

Vigencia del Trámite: Permanente. En lo posible el trámite debe realizarse al inicio del año escolar.

Requisitos: 1. Presentarse personalmente en el Hogar Comunitario donde desea obtener el cupo. 2. En lo posible residir en el sector donde se encuentra ubicado el Hogar Comunitario. 3. Los niños beneficiarios de este programa, deberán tener el esquema de vacunación completo según su edad.

Documentos Necesarios: Una vez aceptado el niño o niña en el Hogar Comunitario, se deberá adjuntar la siguiente documentación: 1. Copia del Registro Civil del Niño o Niña. 2. Registro o Control de Vacunas. 3. Diligenciar la Ficha Integral del Hogar Comunitario.

Requiere Pago: Si

Tipo de Pago: Fijo

Valor del Pago: Una vez aceptado el niño o niña en el Hogar Comunitario se deberá cancelar una cuota fija mensual la cual será estipulada por la entidad administradora del Hogar. El valor deberá ser equivalente hasta el 57.7% del salario diario mínimo legal vigente. El trámite no tiene ningún costo para la población desplazada.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Entidad Administradora del Hogar

Cargo que resuelve el trámite: Madre Comunitaria responsable del Hogar

Tipo de Respuesta: Inscripción

Plazo para dar respuesta: 30 días

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo 21 de 1989: Por el cual se dictan los procedimientos para el desarrollo de programas de Hogares Comunitarios de Bienestar. 3. Acuerdo 004 de 1990: Por el cual se fijan las cuotas de participación para los Hogares Comunitarios de Bienestar. 4. Acuerdo 005 de 1991: Por medio del cual se adiciona el Acuerdo 021 de 1989. 5. Acuerdo 027 de 1993: Por el cual se modifican los artículos tercero y cuarto del Acuerdo No. 005 del 8 de Marzo de 1991. 6. Acuerdo 043 de 1993: Por medio del cual se modifica el parágrafo quinto y se adiciona el artículo séptimo del Acuerdo 021 de 1989. 7. Decreto 130 de 1995 por medio del cual se dictan disposiciones sobre el desarrollo del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar. 8. Acuerdo 21 de 1996: Por el cual se dictan lineamientos y procedimientos técnico - administrativos para la organización y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar. 9. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 10. Lineamientos de Programación - ICBF 2006.

Datos Importantes: Si existe el cupo este debe ser asignado de manera inmediata, de lo contrario el niño o niña queda en lista de espera.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el 2005 se atendieron 774.175 usuarios en 59.938 Unidades de Servicio.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar electrónicamente.

Usuarios efectivos del trámite: En el 2005 se atendieron 774.175 usuarios.

Usuarios potenciales del trámite: En el 2005 se proyectó atender 756.047 usuarios.

Costo Entidad: En el 2005 el ICBF invirtió $334.128.124.190 en el programa de Hogares Comunitarios de Bienestar 0-7

Satisfacción: En el 2005 se presentaron 1883 quejas y reclamos relacionados con los servicios de los Hogares Comunitarios de Bienestar.


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Solicitud ingreso para un Hogar Comunitario FAMI

Tipo de Trámite: Inscripción

En qué Consiste: Obtener cupo para acceder a los servicios de nutrición, socialización y participación de los Hogares Comunitarios FAMI orientados a familias con mujeres gestantes, madres lactantes y con niños menores de dos años, que se encuentran en situación de vulnerabilidad psicoafectiva, nutricional, económica y social, prioritariamente de los niveles 1 y 2 del SISBEN, familias en condición de desplazamiento y familias pertenecientes a grupos étnicos.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1. En el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente al lugar donde reside la persona interesada de lunes a viernes en jornada continua según el horario de atención establecido por el Centro Zonal (Ver Directorio de Ubicaciones). 2, En el Hogar Comunitario FAMI donde desea obtener el cupo de acuerdo con el horario de atención establecido por el Hogar. 3, Ante la Junta Directiva (si conoce la ubicación) de la Asociación de Padres a la que pertenece el Hogar Comunitario FAMI.

Vigencia del Trámite: Permanente. En lo posible el trámite debe realizarse al iniciar el año escolar.

Requisitos: 1. Presentarse personalmente en el Hogar Comunitario FAMI donde desea obtener el cupo. 2. En lo posible residir en el sector donde se encuentra ubicado el Hogar Comunitario FAMI. 3. Pertenecer a los niveles 1 ó 2 del SISBEN.

Documentos Necesarios: Una vez aceptada la solicitud, si se trata de un niño o niña menor de dos años se deberá adjuntar: 1. Copia del registro civil de nacimiento del niño o niña. 2. Carné, registro o control de vacunas.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: El trámite no tiene costo. Una vez obtenido el cupo las familias participantes deberán cancelar una cuota de participación acordada con la entidad administradora del Hogar. Este programa no tiene ningún costo para la Población Desplazada.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Entidad Administradora del Hogar Comunitario FAMI

Cargo que resuelve el trámite: Madre comunitaria responsable del Hogar Comunitario

Tipo de Respuesta: Inscripción

Plazo para dar respuesta: 30 días

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo 21 de 1989: Por el cual se dictan los procedimientos para el desarrollo de programas de Hogares Comunitarios de Bienestar. 3. Acuerdo 004 de 1990: Por el cual se fijan las cuotas de participación para los Hogares Comunitarios de Bienestar. 4. Acuerdo 005 de 1991: Por medio del cual se adiciona el Acuerdo 021 de 1989 en lo relacionado con la atención a Mujeres Lactantes, Madres Lactantes y Niños Menores de 2 Años en los Hogares Comunitarios de Bienestar. 5. Decreto 130 de 1995 por medio del cual se dictan disposiciones sobre el desarrollo del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar. 6. Acuerdo 21 de 1996: Por el cual se dictan lineamientos y procedimientos técnico - administrativos para la organización y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar. 7. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 8. Lineamientos de Programación - ICBF 2005.

Datos Importantes: Si existe el cupo este debe ser otorgado de manera inmediata, de lo contrario, la madre o el niño o niña quedará en lista de espera.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el año 2005 se atendieron 381.837 Usuarios.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar de manera electrónica.

Usuarios efectivos del trámite: En el año 2005 se otorgaron 201.499 cupos en los Hogares Comunitarios de Bienestar FAMI.

Usuarios potenciales del trámite: En el 2005 se proyectó atender a 372.522 usuarios.

Costo Entidad: En el año 2005 el ICBF invirtió $44.766.912.939 en este programa.

Satisfacción: En el año 2005 se presentaron 118 quejas y reclamos relacionados con la prestación del servicio de los Hogares FAMI.


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Solicitud de ingreso para un Hogar Comunitario de Bienestar Empresarial

Tipo de Trámite: Inscripción

En qué Consiste: Obtener un cupo para niños y niñas menores de seis (6) años de edad en los Hogares Comunitarios cofinanciados por las empresas donde laboran los padres de familia. Tienen prioridad las familias de bajos recursos económicos.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, En el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente al sector donde reside la persona interesada de Lunes a Viernes en jornada continua según horario establecido por el Centro Zonal correspondiente (Ver Directorio de Ubicaciones). 2, En el Hogar Empresarial donde desea obtener el cupo en los horarios de atención establecidos por el Hogar. 3. Ante la Junta Directiva de la Asociación de padres a la que pertenece el Hogar Empresarial.

Vigencia del Trámite: Permanente. En lo posible la solicitud de cupo se debe realizar al inicio del año escolar.

Requisitos: 1. Presentarse personalmente en el Hogar Comunitario Empresarial donde desea obtener el cupo.

Documentos Necesarios: Una vez aceptada la solicitud se deberá anexar la siguiente documentación: 1. Copia del Registro Civil de Nacimiento del niño o niña. 2. Carné, registro o control de vacunas.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: El trámite no tiene costo para los ciudadanos. Una vez se obtenga el cupo se deberá cancelar una cuota de participación establecida por la entidad administradora del Hogar.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Junta de Asociación de Padres del Hogar Empresarial

Cargo que resuelve el trámite: Madre Comunitaria del Hogar Empresarial

Tipo de Respuesta: Inscripción

Plazo para dar respuesta: 8 días hábiles.

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo No. 038 de 1996: Por el cual se dictan lineamientos y procedimientos técnicos y administrativos para la organización y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar Múltiples Empresariales. 3. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 4. Lineamientos de Programación - ICBF 2005.

Datos Importantes: El Hogar Empresarial podrá concentrar entre 6 y 15 HCB de 0–7 años y funcionarán de tiempo completo.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el año 2005 se atendieron 6.205 usuarios a través de este programa.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar de manera electrónica.

Usuarios efectivos del trámite: En el año 2.005 se otorgaron 6114 cupos en los Hogares Comunitarios de Bienestar Empresarial.

Usuarios potenciales del trámite: En el año 2005 se proyectó atender 6230 usuarios a través de este programa.

Costo Entidad: En el año 200.5 el ICBF invirtió $2.794.894.895 en este programa.

Satisfacción: En el año 2005 se presentaron 10 quejas y reclamos relacionados con el servicio prestado por los Hogares Comunitarios de Bienestar Empresarial.


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Solicitud de cupo para el ingreso de un niño o niña a un Hogar Infantil

Tipo de Trámite: Inscripción

En qué Consiste: Obtener un cupo en los Hogares Infantiles de Bienestar para niños y niñas entre 6 meses y 5 años 11 meses (niños menores de 6 años), priorizando los niños de familias con vulnerabilidad económica y social y quienes por razones de trabajo y otras circunstancias comprobadas de sus padres o adultos responsables de su cuidado, permanecen solos temporalmente. Es también población prioritaria de atención los hijos de familias en situación de desplazamiento forzado.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, El ciudadano (a) interesado puede acudir al Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente a su lugar de residencia de lunes a viernes en jornada continua según el horario establecido por el Centro Zonal. (Ver Directorio de Ubicaciones). 2. En el Hogar Infantil donde desea obtener el cupo en el horario establecido por el Hogar. 2, Directamente al Hogar Infantil donde desea obtener el cupo.

Vigencia del Trámite: Permanente. En lo posible se debe realizar la solicitud de cupo al iniciar el año escolar.

Requisitos: 1. Presentarse personalmente en el Hogar Infantil en el cual desea obtener el cupo. 2. En lo posible realizar la solicitud al inicio del año escolar. 3. Residir en el sector donde queda ubicado el Hogar Infantil. 3. Teniendo en cuenta que el sistema educativo formal establece como criterio para ingreso de los niños el que tengan 5 años cumplidos, los niños que no alcanzaron a cumplir esta edad al comenzar el año escolar, pero están próximos a cumplirla, podrán ingresar al Hogar Infantil de tal manera que no queden sin atención.

Documentos Necesarios: 1. Formulario de Inscripción: Debe solicitarlo directamente en el Hogar Infantil. 2. Copia del Registro Civil de Nacimiento del niño o niña. Una vez el niño o niña haya sido aceptado (a) en el Hogar Infantil se deberán adjuntar los siguientes documentos: 1. Ficha Integral: Esta ficha es entregada en el Hogar Infantil. 2. Certificado médico del niño o niña. 3. Carné o registro de vacunas. 4. Exámenes de Laboratorio: parcial de orina, coprológico y cuadro hemático. 5. Certificado Laboral de los padres o responsables del niño o niña, el cual debe especificar todos los datos de ubicación de la empresa y el trabajador. 6. Para los trabajadores independientes: Una declaración extrajuicio o tarjeta de inscripción a la EPS donde se encuentra afiliado.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: El trámite para solicitar el cupo no tiene ningún costo. Una vez se obtenga el cupo se deberá cancelar una mensualidad la cual es estipulado por la entidad administradora del Hogar de acuerdo con los Lineamientos establecidos por el ICBF.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Hogar Infantil

Cargo que resuelve el trámite: Director (a) del Hogar Infantil

Tipo de Respuesta: Inscripción

Plazo para dar respuesta: Inmediato

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo 9 de 1990: Por medio del cual se reglamenta el cobro de cuota para Hogares Infantiles. 3. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 4. Lineamientos de Programación - ICBF 2006.

Datos Importantes: La Coordinación administrativa corresponde a una entidad a la cual pertenece el Hogar Infantil. La respuesta a la solicitud debe ser emitida por el Director del Jardín, quien deberá dar trámite inmediato si existe el cupo o adicionar a la lista de espera si no existe el cupo.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el año 2005 se atendieron 125.506 usuarios.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar electrónicamente.

Usuarios efectivos del trámite: En el año 2005 se otorgaron 125.322 cupos en los Hogares Infantiles.

Usuarios potenciales del trámite: En el año 2005 se proyectó atender 124.815 usuarios.

Costo Entidad: En el año 2005 el ICBF invirtió $125.828.220.258 en la ejecución del programa de Hogares Infantiles.

Satisfacción: En el año 2005 se presentaron 299 quejas y reclamos relacionados con los servicios prestados por los Hogares Infantiles.


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Solicitud para crear un Hogar Comunitario de Bienestar

Tipo de Trámite: Permiso/ Autorización/ Licencia

En qué Consiste: Presentar una solicitud para abrir un Hogar Comunitario de Bienestar y prestar los servicios como padre o madre comunitaria.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, En el Centro Zonal, Agencia o Regional que corresponde al sector donde reside la persona interesada, de Lunes a viernes en jornada continua según horario establecido por el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente (Ver Directorio de Ubicaciones).

Vigencia del Trámite: Permanente

Requisitos: 1. Demostrar buen comportamiento social y moral reconocido por la comunidad. 2. Residir en el sector donde ejercerá la actividad de padre o madre comunitaria. 3. Tener mínimo cuatro años de educación básica primaria. 4. Poseer vivienda propia, adecuada para poner en funcionamiento el programa. 5. Encontrarse en buen estado de salud. 6. Ser menor de 55 años.

Documentos Necesarios: 1. Cédula de Ciudadanía. 2. Certificados que acrediten los estudios realizados. 3. Certificado médico del aspirante a padre o madre comunitaria.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: 0 Pesos.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Entidad administradora del programa de Hogares Comunitarios de Bienestar.

Tipo de Trámite: Permiso/ Autorización/ Licencia

En qué Consiste: Presentar una solicitud para abrir un Hogar Comunitario de Bienestar y prestar los servicios como padre o madre comunitaria.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, En el Centro Zonal, Agencia o Regional que corresponde al sector donde reside la persona interesada, de Lunes a viernes en jornada continua según horario establecido por el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente (Ver Directorio de Ubicaciones).

Vigencia del Trámite: Permanente

Requisitos: 1. Demostrar buen comportamiento social y moral reconocido por la comunidad. 2. Residir en el sector donde ejercerá la actividad de padre o madre comunitaria. 3. Tener mínimo cuatro años de educación básica primaria. 4. Poseer vivienda propia, adecuada para poner en funcionamiento el programa. 5. Encontrarse en buen estado de salud. 6. Ser menor de 55 años.

Documentos Necesarios: 1. Cédula de Ciudadanía. 2. Certificados que acrediten los estudios realizados. 3. Certificado médico del aspirante a padre o madre comunitaria.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: 0 Pesos.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Entidad administradora del programa de Hogares Comunitarios de Bienestar.


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Solicitud para ser Padre o Madre Comunitario en un Hogar FAMI

Tipo de Trámite: Inscripción

En qué Consiste: Obtener la vinculación ante la entidad Administradora del Hogar Comunitario FAMI para ser padre o madre comunitaria.

A quién va dirigido el trámite: Persona Natural

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, En el Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada, de Lunes a viernes en jornada continua según horario establecido por el Centro Zonal correspondiente. (Ver Directorio de Ubicaciones). 2, Directamente a la entidad Administradora del Hogar FAMI.

Vigencia del Trámite: Permanente

Requisitos: 1. Demostrar buen comportamiento social y moral reconocido por la comunidad. 2. Residir en el sector donde ejercerá la actividad de padre o madre comunitaria. 3. Tener mínimo aprobado cuatro años de educación básica secundaria. 4. Poseer vivienda propia, adecuada para poner en funcionamiento el programa. 5. Encontrarse en buen estado de salud. 6. Ser menor de 55 años.

Documentos Necesarios: 1. Cédula de Ciudadanía. 2. Certificados que acrediten los estudios realizados. 3. Certificado médico del aspirante a padre o madre comunitaria FAMI.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: 0 Pesos.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Entidad administradora del Programa de Hogares FAMI.

Cargo que resuelve el trámite: Asociación de Padres de Familia

Tipo de Respuesta: Inscripción

Plazo para dar respuesta: 2 Meses aproximadamente.

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo 21 de 1989: Por el cual se dictan los procedimientos para el desarrollo de programas de Hogares Comunitarios de Bienestar. 3. Acuerdo 004 de 1990: Por el cual se fijan las cuotas de participación para los Hogares Comunitarios de Bienestar. 4. Acuerdo 005 de 1991: Por medio del cual se adiciona el Acuerdo 021 de 1989 en lo relacionado con la atención a Mujeres Lactantes, Madres Lactantes y Niños Menores de 2 Años en los Hogares Comunitarios de Bienestar. 5. Decreto 130 de 1995 por medio del cual se dictan disposiciones sobre el desarrollo del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar. 6. Acuerdo 21 de 1996: Por el cual se dictan lineamientos y procedimientos técnico - administrativos para la organización y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar. 7. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 8. Lineamientos de Programación - ICBF 2005.

Datos Importantes: La Coordinación administrativa corresponde a una entidad a la cual pertenece el programa de Hogares de Comunitarios de Bienestar FAMI. Esta entidad es la encargada de dar respuesta a la solicitud en un tiempo máximo de 2 meses, ya que se debe contar con disponibilidad presupuestal por parte del ICBF.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el año 2005 funcionaron 15.592 unidades de servicio en el programa de Hogares Comunitarios FAMI.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar electrónicamente.


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Solicitud para crear un Hogar Infantil

Tipo de Trámite: Permiso /Autorización / Licencia

En qué Consiste: Obtener un cupo en el programa de Hogares Infantiles para poder prestar el servicio de atención en esta modalidad.

A quién va dirigido el trámite: Todos

Fechas en que se debe realizar el trámite: En cualquier fecha

Lugar y horarios en que se debe o se puede realizar: 1, El ciudadano (a) interesado puede acudir al Centro Zonal, Agencia o Regional correspondiente a su lugar de residencia, de Lunes a viernes en jornada continua según horario establecido por el Centro Zonal correspondiente (Ver Directorio de Ubicaciones).

Vigencia del Trámite: Permanente

Requisitos: 1. Ser mayor de edad. 2. Tener reconocimiento de buena conducta dentro de la comunidad.

Documentos Necesarios: 1. Presentar solicitud verbal o escrita ante el Centro Zonal correspondiente al lugar de residencia de la persona interesada. 2. Hoja de Vida. 3. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía. 4. Referencias personales de los miembros de la comunidad.

Requiere Pago: No

Tipo de Pago: No aplica

Valor del Pago: 0 Pesos.

Cuenta en la que se realiza el Pago: No Aplica

No. Cuenta: No aplica

Dependencia que resuelve el trámite: Centro Zonal y/o Grupo de Asistencia Técnica de la Regional o Agencia del ICBF
Cargo que resuelve el trámite: No determinado

Tipo de Respuesta: Permiso / Autorización

Plazo para dar respuesta: No determinado

Normatividad Relacionada: 1. Ley 7 de 1979: Por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el ICBF y se dictan otras disposiciones. 2. Acuerdo 9 de 1990: Por medio del cual se reglamenta el cobro de cuota para Hogares Infantiles. 3. Decreto 1137 de 1999: Por el cual se organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, se reestructura el ICBF y se dictan otras disposiciones. 4. Lineamientos de Programación - ICBF 2005.

Datos Importantes: La presentación de la solicitud y los documentos no asegura la aceptación de la misma, ya que esta depende de los cupos y presupuesto asignado por el ICBF para el funcionamiento de este programa.

Frecuencia del Uso presencial del trámite: En el año 2005 funcionaron 1.019 unidades de servicio de Hogares Infantiles.

Frecuencia de Uso electrónico del trámite: Este trámite no se puede realizar electrónicamente.

Usuarios efectivos del trámite: En el año 2005 funcionaron 1.019 unidades de servicio de Hogares Infantiles en las que se atendieron 125.506 usuarios.

Usuarios potenciales del trámite: En el 2005 se proyectó contar con 1.016 unidades de servicios de Hogares Infantiles en las que se proyectaba atender 124.815 usuarios.

Costo Entidad: En el año 2005 el ICBF invirtió $125.828.220.258 en el funcionamiento del Programa de Hogares Infantiles.

Satisfacción: En el año 2005 se presentaron 299 quejas y reclamos relacionados con el servicio prestado a través del programa de Hogares Infantiles de acuerdo con el Informe de Peticiones, Quejas, Denuncias y Sugerencias.

 


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